Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Resolución Sala Plena 2835 de 2026 fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el 3 de junio de 2026, y publicada en el Diario Oficial No. 53.512 el 4 de junio de 2026. Esta norma corrige aspectos formales de la Resolución 2551 de 15 de mayo de 2026, emitida también por el mismo organismo.
Tema principal y destinatarios
La resolución se centra en corregir errores de digitación en los plazos establecidos para la postulación de testigos electorales en el exterior y observadores electorales para la segunda vuelta de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República de 2026. Está dirigida principalmente a partidos y movimientos políticos con personería jurídica, grupos significativos de ciudadanos, coaliciones, organizaciones de observación electoral, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral. Estos actores son relevantes porque participan activamente en la organización, vigilancia y control del proceso electoral.
Objetivo y finalidad de la resolución
El propósito de la resolución es corregir errores formales (lapsus calami) contenidos en los parágrafos de los artículos primero y tercero de la Resolución 2551 de 2026, con el fin de precisar la fecha límite para la postulación de testigos y observadores electorales en la segunda vuelta presidencial. Esta corrección no altera el sentido material ni la voluntad original de la norma, sino que garantiza la claridad y la correcta aplicación de los plazos en el proceso electoral.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución modifica parcialmente los parágrafos mencionados de la Resolución 2551 de 2026, estableciendo que:
- La fecha máxima para la...