Contexto y entidades involucradas
La Resolución 63-548-000052 de 2026 fue expedida por la Dirección Territorial Quindío del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), máximo órgano catastral nacional. Esta acción se enmarca en las facultades conferidas por leyes y decretos como la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 y su modificación en la Ley 2294 de 2023, así como el Decreto 846 de 2021. La norma responde a la aplicación del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, que regula el ajuste automático y excepcional de los valores catastrales en zonas rurales con rezago en la actualización de avalúos.
Objeto y destinatarios de la resolución
El objetivo principal es ajustar los porcentajes de incremento definidos para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Pijao, con el fin de reflejar de manera precisa las condiciones físicas, económicas y territoriales actuales. La resolución está dirigida principalmente a los propietarios de predios rurales en dichas zonas, así como a las autoridades municipales y entidades involucradas en la gestión catastral y tributaria del municipio. Este público es relevante porque la actualización impacta directamente en la determinación de los avalúos catastrales, que influye en el pago de impuestos y en la seguridad jurídica del derecho de propiedad.
Decisiones y regulaciones clave
La resolución dispone un reajuste en los porcentajes de incremento para dos zonas homogéneas geoeconómicas específicas, modificando así los valores inicialmente establecidos en la Resolución 2057 de 2025:
| Zona Geoeconómica |
% Incremento según Resolución 2057 de 2025 |
% Incremento Ajustado |
| 13 |
3041,00% |
1828,73% |
| 14 |
3826,00% |
2310,92% |
Este ajuste responde a un análisis técnico que consideró aspectos como las características físicas de los predios, áreas de protección existentes y cambios en las condiciones territoriales. La actualización busca asegurar la coherencia técnica y la correcta incorporación de los valores en el Sistema Nacional Catastral para la vigencia 2026.
Fundamentos legales y procedimiento
La resolución se sustenta en el marco normativo que regula la gestión catastral en Colombia, principalmente en:
- Artículo 3° de la Ley 14 de 1983, que asigna a las autoridades catastrales la formación, actualización y conservación del catastro.
- Artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, que establece la gestión catastral como un servicio público estatal con enfoque multipropósito.
- Decreto 846 de 2021, que define las funciones operativas de las Direcciones Territoriales del IGAC.
- Resolución 1912 de 2024, que adoptó la metodología para la actualización masiva de valores catastrales rezagados.
- Resolución 2057 de 2025, que inicialmente estableció los porcentajes de incremento para la vigencia 2026.
- Artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, que regula el ajuste automático excepcional de avalúos catastrales.
El proceso incluyó la convocatoria y participación de los comités técnicos sectoriales, así como la concertación con autoridades municipales, lo que garantiza la transparencia y fundamentación técnica del ajuste.
Impacto y vigencia
La resolución tiene efectos generales, uniformes y abstractos sobre todos los predios rurales ubicados en las zonas homogéneas geoeconómicas afectadas del municipio de Pijao. La actualización de los avalúos catastrales derivada de estos ajustes impactará en la liquidación tributaria y en la planeación territorial municipal para el año 2026.
Por tratarse de un acto administrativo de carácter general, la resolución entra en vigencia desde su publicación y no admite recurso alguno, según lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
En síntesis, esta disposición representa un paso técnico y normativo relevante para la actualización masiva y consistente de los valores catastrales rurales en Colombia, alineándose con las reformas legales recientes y buscando fortalecer la gestión territorial y fiscal en el municipio de Pijao, Quindío. De esta manera, se garantiza una base catastral más precisa y actualizada, que contribuye a la equidad tributaria y al desarrollo sostenible del territorio.