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IGAC ajusta los porcentajes de incremento catastral en zonas rurales de Salento (Quindío) según Ley 2294 de 2023

Proviene de: Resoluciones

5 de junio de 2026 19:30:37

Entidad emisora y contexto normativo

La resolución fue emitida por la Dirección Territorial del Quindío del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) el 3 de junio de 2026, y publicada en el Diario Oficial No. 53.512 el 4 de junio de 2026. Este acto administrativo se enmarca en la aplicación del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, que regula mecanismos excepcionales para la actualización masiva de valores catastrales rezagados en zonas rurales del país. Además, se fundamenta en otras normas como la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 846 de 2021, que confieren al IGAC la función de máxima autoridad catastral nacional y le atribuyen la gestión del catastro con enfoque multipropósito.

Objeto y destinatarios de la resolución

El principal objetivo de la resolución es reajustar los porcentajes de incremento de avalúos catastrales aplicables a ciertas zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Salento, para la vigencia catastral de 2026. Este ajuste responde a un análisis técnico que identificó discrepancias en los valores unitarios de terreno previamente adoptados, y busca asegurar la coherencia de dichos valores con la realidad física y económica del territorio. Los destinatarios directos son los propietarios de inmuebles rurales en Salento, así como las autoridades locales encargadas de la administración territorial y fiscalización.

Decisiones clave y modificaciones efectuadas

La resolución modifica los porcentajes de incremento establecidos inicialmente en la Resolución 2057 de 2025, ajustando los valores en las tablas de zonas homogéneas geoeconómicas rurales que se incorporan al Sistema Nacional Catastral. A continuación, se presentan los porcentajes originales y los reajustados para las zonas afectadas:
ZONA GEOECONÓMICA % PORCENTAJE RESOL. 2057 DE 2025 % PORCENTAJE AJUSTADO
06358,00%210,41%
07422,00%272,49%
09472,00%346,99%
10854,00%644,98%
111032,00%905,72%
121956,00%443,83%
132642,00%625,11%
14883,00%421,48%
151867,00%942,97%
Estos ajustes se adoptan tras mesas técnicas de revisión y consulta con el comité sectorial, la alcaldía, el consejo municipal y la personería local, quienes fueron convocados para analizar los cambios propuestos. La Dirección Territorial, basándose en el sustento técnico y la dinámica inmobiliaria actual, decidió implementar estos valores de oficio.

Fundamento legal y procedimiento

La resolución se fundamenta en la Ley 14 de 1983, que establece las funciones catastrales; la Ley 1955 de 2019 y su modificación por la Ley 2294 de 2023, que regulan la gestión catastral con enfoque multipropósito; y el Decreto 846 de 2021, que determina las competencias del IGAC. Además, desarrolla lo previsto en la Resolución IGAC 1912 de 2024, que estableció la metodología para la actualización masiva de valores catastrales rezagados. La resolución modifica parcialmente la Resolución 2057 de 2025, manteniendo sus demás disposiciones intactas.

Vigencia e impacto

La resolución entra en vigencia a partir de su publicación y constituye un acto administrativo de carácter general, por lo que no admite recurso alguno. Su aplicación garantiza una actualización técnica y uniforme de los avalúos catastrales en las zonas rurales de Salento, contribuyendo así a la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, al fortalecimiento de los recursos fiscales locales y a la planificación territorial con perspectiva técnica y social. En suma, esta resolución representa un paso importante en la consolidación del catastro multipropósito en Colombia, al ajustar valores catastrales rezagados mediante mecanismos excepcionales que buscan reflejar con mayor precisión la realidad territorial y económica de los municipios rurales. De esta manera, se fortalece la gestión pública y se promueve un desarrollo territorial sostenible y equitativo en Salento y sus zonas rurales.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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