Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio del Trabajo en 2026, buscaría adicionar un capítulo específico al Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015. Esta iniciativa se fundamentaría en las facultades constitucionales y legales del Presidente de la República, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en el marco de varias leyes nacionales como la Ley 1562 de 2012, la Ley 2466 de 2025 y normativas internacionales ratificadas por Colombia, como el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre trabajo decente para trabajadoras y trabajadores domésticos.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto tendría como propósito principal reglamentar la formalización laboral del trabajo doméstico remunerado. Pretendería establecer disposiciones claras sobre derechos laborales mínimos, seguridad social integral, prevención de violencias y acoso, libertad sindical, diálogo social tripartito e inspección laboral, con el fin de garantizar condiciones dignas y equitativas para las personas que desempeñan labores domésticas remuneradas en hogares colombianos.
Modificaciones y nuevas regulaciones propuestas
Entre las novedades que plantearía el proyecto se incluirían:
- La obligación de formalizar la relación laboral mediante contrato escrito, que debería contener elementos mínimos como la identificación de empleador y trabajador, lugar de trabajo, descripción de tareas, jornada laboral, salario y período de prueba.
- El establecimiento de derechos mínimos irrenunciables, tales como salario mínimo vital y móvil proporcional, dotación, prima de servicios, cesantías, auxilio de transporte y jornada máxima de 42 horas semanales a partir de julio de 2026.
- La reglamentación detallada de la afiliación y cotización al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones, riesgos laborales y caja de compensación familiar), incluyendo disposiciones especiales para trabajadores con múltiples empleadores o que laboren por días o jornadas parciales.
- El diseño de un Programa de Formalización e Incentivo Económico en Riesgos Laborales para empleadores del sector, que podría otorgar incentivos financieros para promover la afiliación y cotización en riesgos laborales.
- La implementación de medidas específicas de seguridad y salud en el trabajo (SST) adaptadas a las particularidades del trabajo doméstico, incluyendo la provisión de elementos de protección personal y la prevención de factores de riesgo físicos, químicos, ergonómicos, psicosociales, entre otros.
- La adopción de protocolos y procedimientos para la erradicación de violencias y acoso en el hogar como lugar de trabajo, con definiciones claras, garantías para las víctimas, medidas preventivas, campañas de sensibilización y sanciones para infractores.
- El reconocimiento y garantía del derecho a la libertad sindical, al diálogo social y a la negociación colectiva sectorial, a través de una mesa tripartita conformada por organizaciones sindicales, empleadores y el Ministerio del Trabajo.
- La regulación de la inspección laboral en domicilios, con respeto a la privacidad y garantías legales, incluyendo requisitos para el ingreso, modalidades de inspección, registros y procedimientos para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales.
Acciones y disposiciones específicas
El proyecto estipularía que los empleadores deberían registrar los contratos y novedades laborales en el Registro Único de Trabajadores del Ministerio del Trabajo y realizar los pagos integrados de aportes a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Asimismo, se establecerían obligaciones claras en materia de seguridad y salud en el trabajo, incluyendo la afiliación a Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y la adopción de medidas preventivas para diversos riesgos. En casos de violencia o acoso, se facilitaría la presentación de quejas, la protección de las víctimas y la coordinación interinstitucional para su atención. La inspección laboral se realizaría con el consentimiento del empleador o con autorización judicial, respetando la privacidad y garantizando el debido proceso.
Participación de actores clave
El Ministerio del Trabajo sería la entidad encargada de coordinar y supervisar la implementación del decreto, incluyendo la dirección de mesas de diálogo social tripartitas donde participarían organizaciones sindicales de trabajadoras domésticas y empleadores o sus representantes. También se coordinaría con el Ministerio de Salud y Protección Social, la Caja de Compensación Familiar, las Administradoras de Riesgos Laborales y otras autoridades para asegurar la cobertura integral de seguridad social y la prevención de riesgos laborales. La Inspección del Trabajo tendría un papel central en la vigilancia y control del cumplimiento normativo, así como en la promoción de acuerdos de formalización laboral.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto habría sido publicado en la página web del Ministerio del Trabajo, permitiendo la presentación de observaciones y comentarios por parte de la ciudadanía y grupos de interés, en atención a lo establecido en la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 1081 de 2015. Este proceso buscaría asegurar la transparencia y el aporte de distintos sectores en la elaboración final de la regulación.
| Aspecto |
Detalle |
| Entidad emisora |
Ministerio del Trabajo |
| Norma modificada |
Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015 |
| Fecha del anuncio |
2026 |
| Objetivo |
Reglamentar el trabajo doméstico remunerado |
| Medidas clave |
Formalización laboral, seguridad social integral, prevención de violencias, libertad sindical, inspección laboral |
En conclusión, este proyecto de decreto representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores domésticos en Colombia, buscando reconocer su labor como un trabajo digno y formal, y garantizando condiciones laborales justas, seguridad social y mecanismos efectivos para la prevención y atención de violencias y acoso. La participación activa de todos los actores involucrados será fundamental para su exitosa implementación y cumplimiento.