Tribunal Administrativo de Boyacá anula elección de personero municipal en Floresta por irregularidades en concurso de méritos
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:26:49
Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue proferida por la Sala de Decisión No. 6 del Tribunal Administrativo de Boyacá, en ejercicio de su competencia para resolver en única instancia el medio de control de nulidad electoral interpuesto contra la elección del personero municipal de Floresta, Boyacá, para el periodo constitucional 2024-2028.
Antecedentes fácticos y procesales
Tres demandas acumuladas, presentadas por la Universidad Popular del Cesar (UPC), procuradoras delegadas para asuntos administrativos, y un aspirante al cargo cuestionado, solicitaron la nulidad de la Resolución que declaró la elección del personero municipal. Las demandas alegaron vicios en el procedimiento, especialmente en la celebración y ejecución del convenio interadministrativo entre el Concejo Municipal de Floresta y la UPC, el cual fue utilizado para apoyar el concurso público de méritos que culminó en la elección.
La UPC denunció no haber autorizado ni celebrado el convenio interadministrativo para la realización del concurso, ni haber autorizado a funcionarios para adelantar gestiones relacionadas. Además, informó que carecía de reglamento, banco de preguntas, protocolos de confidencialidad y seguridad, así como de capacidad logística y técnica para llevar a cabo dicho concurso. Por su parte, el Concejo Municipal de Floresta defendió la legalidad del proceso, alegando que la universidad cumplía con los requisitos para apoyar el concurso y que la elección se realizó conforme a la normatividad vigente, amparada en los principios de buena fe y confianza legítima.
Durante el proceso judicial, se aclaró que el acto susceptible de control era la Resolución que formalizó la elección, y no el acta de la sesión plenaria. También se discutieron excepciones procesales como la...
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