Tribunal Administrativo de Boyacá ordena acelerar la implementación de televisión digital en Sativanorte
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:27:27
Providencia del Tribunal Administrativo de Boyacá en primera instancia
La Sala de Decisión 1 del Tribunal Administrativo de Boyacá, en sentencia de primera instancia, resolvió una acción popular interpuesta contra la Nación – Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) – Sistema de Medios Públicos. La demanda fue presentada para proteger los derechos colectivos relacionados con el acceso y la calidad del servicio público de televisión en el municipio de Sativanorte, departamento de Boyacá.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante denunció que la comunidad del municipio no cuenta con servicio de televisión digital terrestre (TDT), a pesar de los avances tecnológicos y las políticas públicas implementadas. Se alegó que, pese a solicitudes previas, las entidades demandadas no habían adoptado medidas para garantizar el acceso efectivo a este servicio en igualdad de condiciones con otros municipios del país.
En respuesta, el Ministerio explicó que, aunque se ha avanzado en la sustitución de la televisión analógica por digital y existe un plan de implementación para 2024-2026 que busca cubrir el 97,5% de la población, la ejecución del proyecto ha sido progresiva y limitada por la capacidad institucional y económica. RTVC, por su parte, señaló que administra y opera la red pública de televisión, prestando servicio aproximadamente al 93% de la población, pero depende de la asignación presupuestal para expandir la cobertura. Ambas entidades cuestionaron su legitimación para responder en la demanda, argumentando que sus funciones están delimitadas.
El proceso incluyó la celebración de una audiencia de pacto de cumplimiento, la cual fue fallida, y la presentación de alegatos conclusivos por las partes y el concepto favorable de la Procuraduría Judicial, que solicitó medidas para garantizar la prestación del servicio en Sativanorte.
Consideraciones jurídicas y decisión
El Tribunal evaluó la legitimación en la causa por pasiva y concluyó que tanto el Ministerio como RTVC tienen competencias complementarias y conjuntas para garantizar el servicio público gratuito de televisión, gestionar proyectos y ejecutar planes para ampliar la cobertura nacional, incluido el municipio en cuestión.
Se analizó el derecho colectivo invocado, relacionado con el acceso a servicios públicos eficientes y oportunos, contemplado en la Ley 472 de 1998. Se recordó que el servicio público de televisión es inherente a la finalidad social del Estado, regulado en la Constitución y en normativas específicas como la Ley 182 de 1995 y la Ley 1978 de 2019.
El Tribunal destacó que la transición de la televisión analógica a la digital busca mejorar la calidad, eficiencia y pluralismo informativo, y que el plan de implementación TDT 2024-2026 prevé la instalación de 176 estaciones, con cobertura del 97,4%. El municipio de Sativanorte está incluido en el cronograma para 2025 (estación 87).
No obstante, se constató que a julio de 2025 solo se había ejecutado el 35% del plan, correspondiente a las estaciones programadas para 2024, sin avances en las estaciones de 2025, incluido Sativanorte. Esta mora implica una afectación en el derecho colectivo al servicio público de televisión, impactando también otros derechos relacionados con la información, cultura e igualdad.
El Tribunal señaló que el principio de progresividad no exime a las entidades de cumplir con los cronogramas que ellas mismas establecen. Por ello, decidió amparar el derecho colectivo y ordenar medidas concretas.
Órdenes específicas y seguimiento
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberá, en un plazo de tres meses desde la ejecutoria de la sentencia, adoptar las medidas administrativas y presupuestales necesarias para continuar el plan de implementación TDT 2024-2026. RTVC tendrá un plazo adicional de seis meses para ejecutar la instalación de la estación TDT en Sativanorte, incluyendo trámites precontractuales, contractuales y la ejecución del proyecto.
Se conformará un comité de verificación del cumplimiento, integrado por la magistrada ponente, un representante de la Procuraduría Judicial para asuntos administrativos, delegados del Ministerio y de RTVC, y el actor popular. Este comité deberá presentar informes periódicos sobre el avance.
Finalmente, no se impuso condena en costas en esta instancia, conforme a los artículos aplicables de la Ley de Acciones Populares.
Esta sentencia representa un pronunciamiento claro sobre la responsabilidad compartida de las autoridades en garantizar el acceso efectivo y oportuno al servicio público de televisión digital, especialmente en zonas rezagadas, y establece mecanismos para su seguimiento y cumplimiento, buscando así reducir la brecha digital y fortalecer el derecho a la información y cultura para todos los habitantes de Sativanorte y demás municipios incluidos en el plan nacional.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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