Tribunal Administrativo de Boyacá declara fundada objeción a proyecto de acuerdo sobre condecoración en Villa de Leyva
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:28:38
Providencia de única instancia del Tribunal Administrativo de Boyacá
El Tribunal Administrativo de Boyacá dictó sentencia de única instancia sobre las objeciones formuladas por el alcalde municipal de Villa de Leyva al proyecto de Acuerdo No. 006 de 2025. Este proyecto tenía por objeto conferir la condecoración “Orden Héroe de San Mateo” a una Escuela de Músicas Tradicionales y Artes Escénicas y declararla ciudadano ilustre, exaltando su labor y dedicación.
Antecedentes y trámite del proyecto
El proyecto fue presentado ante el Concejo Municipal y aprobado en primer y segundo debate durante las sesiones ordinarias. Posteriormente, fue remitido al alcalde para sanción. Sin embargo, el alcalde objetó el proyecto, argumentando que el Reglamento Interno del Concejo no contempla la figura de “sesiones solemnes” como modalidad válida y que la fecha fijada para la imposición de la condecoración (12 de junio de 2025) no correspondía a los periodos de sesiones ordinarias ni a una convocatoria válida a sesiones extraordinarias, lo que implicaría que el Concejo se encontraba en receso y sin competencia para sesionar.
El Concejo Municipal, a través de una comisión accidental, declaró infundadas las objeciones y remitió el proyecto para sanción, enfatizando que el proyecto cumplió con el trámite legal y que la condecoración estaba prevista en un acuerdo municipal anterior que autorizaba su imposición en sesión solemne.
Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal analizó inicialmente la oportunidad de las objeciones y concluyó que fueron presentadas dentro del término legal previsto en el artículo 78 de la Ley 136 de 1994, que otorga al alcalde cinco días hábiles para objetar proyectos de acuerdo de hasta veinte...
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