Tribunal Administrativo de Boyacá confirma caracterización salarial de la bonificación judicial en segunda instancia
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:33:52
Providencia confirmatoria en segunda instancia sobre bonificaciones en la Rama Judicial
El Tribunal Administrativo de Boyacá, Sala de Decisión No. 5, emitió sentencia el 7 de noviembre de 2025, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia resolvió los recursos de apelación contra una sentencia de primera instancia del Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja, dictada el 30 de mayo de 2025, que accedió parcialmente a las pretensiones de un servidor público judicial en relación con la naturaleza salarial de ciertas bonificaciones.
Antecedentes y contexto procesal
El demandante, servidor de la Rama Judicial, solicitó la inaplicación por inconstitucionalidad e ilegalidad de expresiones contenidas en los Decretos 383 de 2013 y 3131 de 2005, que establecen que la bonificación judicial y la bonificación por actividad judicial constituyen factor salarial únicamente para la base de cotización a los sistemas de pensiones y salud, excluyéndolas de la liquidación de otras prestaciones sociales. Además, pidió la nulidad de un acto administrativo que negó el reconocimiento del carácter salarial de dichas bonificaciones y la reliquidación de sus prestaciones sociales con inclusión de estos pagos como salario.
El Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja, en primera instancia, declaró la inaplicación parcial de las normas que limitan el carácter salarial de la bonificación judicial, ordenó la reliquidación de prestaciones sociales con inclusión de esta bonificación desde el 1º de abril de 2021 y negó la naturaleza salarial de la bonificación por actividad judicial, argumentando que esta última constituye un incentivo condicionado al cumplimiento de metas y no una contraprestación directa del...
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