Tribunal Administrativo de Boyacá confirma derecho a pensión de vejez en apelación contra Colpensiones
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:55:54
Providencia judicial y contexto procesal
La Sala de Decisión No. 6 del Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia y mediante recurso de apelación, resolvió confirmar la sentencia proferida el 20 de febrero de 2025 por el Juzgado Séptimo Administrativo de Tunja. El proceso surgió del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto contra la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, tras la negativa de reconocimiento y pago de la pensión de jubilación a una exservidora pública que laboró para las Secretarías de Educación de Boyacá y Tunja.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, quien se retiró definitivamente el 17 de diciembre de 2021, solicitó inicialmente en febrero de 2021 el reconocimiento de su pensión de vejez con base en la Ley 797 de 2003, norma que modifica la Ley 100 de 1993 en materia pensional. Colpensiones negó la solicitud mediante resoluciones que argumentaron la insuficiencia de semanas cotizadas para acceder a la pensión, al registrar aproximadamente 1.014 semanas, inferior al requisito mínimo de 1.300 semanas estipulado en la normativa.
Ante esta negativa, la demandante interpuso acción judicial solicitando la nulidad de los actos administrativos y el restablecimiento del derecho al pago de la pensión. En primera instancia, el juzgado accedió parcialmente a las pretensiones, declarando la nulidad de las resoluciones de Colpensiones y condenando a esta entidad a reconocer y pagar la pensión desde la fecha de retiro, con una tasa de reemplazo del 67.5% y un ingreso base de liquidación calculado sobre el promedio de los últimos diez años de servicios.
Colpensiones apeló la decisión, insistiendo en que la demandante no...
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