Tribunal Administrativo de Boyacá revoca negativa sobre sanción moratoria en pago de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 16:56:57
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, conoció del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja, que inicialmente negó las pretensiones de una demanda interpuesta por una docente oficial. La acción judicial se dio en el marco del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, con expediente radicado en 2024.
Antecedentes fácticos y procesales
La docente solicitó inicialmente, en agosto de 2022, el reconocimiento y pago de sus cesantías al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), a través de la Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá. Aunque la cesantía fue reconocida mediante resolución en febrero de 2023 y el pago se efectuó en marzo del mismo año, la solicitud de sanción moratoria por el pago tardío fue negada por la Secretaría de Educación mediante oficio en octubre de 2023. La demandante también interpuso peticiones ante el Fondo y la fiduciaria sin recibir respuesta oportuna, lo que configuró acto ficto negativo.
En primera instancia, el juzgado consideró que la solicitud completa se presentó en diciembre de 2022 y que el pago se realizó dentro del plazo legal de 45 días hábiles posteriores a la ejecutoria del acto administrativo, por lo que no existió mora. La apelante sostuvo que la actuación administrativa inició en agosto de 2022 y que la demora en la expedición del acto y en el pago generó la sanción moratoria.
Consideraciones de la Sala de Decisión
La Sala analizó detalladamente el procedimiento administrativo y la normativa aplicable, en particular la Ley 1071 de 2006,...
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