Tribunal Administrativo de Boyacá confirma naturaleza salarial plena de la bonificación judicial en liquidación de prestaciones sociales
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 17:24:10
Contexto y competencia del tribunal
La providencia es una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de Decisión Tercera del Tribunal Administrativo de Boyacá, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho en materia laboral. La Sala conoció el recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia del Juzgado Administrativo Transitorio de Tunja, que había accedido parcialmente a las pretensiones de la demanda.
Este tribunal es competente para conocer controversias surgidas por acciones u omisiones de entidades públicas, en este caso la Nación – Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.
Antecedentes del caso
La parte demandante, servidor público de la Rama Judicial, solicitó la reliquidación de sus prestaciones sociales para incluir la bonificación judicial como factor salarial, argumentando que su exclusión vulneraba derechos constitucionales y laborales. La bonificación judicial fue creada por el Decreto 383 de 2013 con el propósito de nivelar salarios dentro de la Rama Judicial.
El Decreto 383 establecía que la bonificación constituiría únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud, excluyéndola de la liquidación de otras prestaciones sociales. La entidad demandada negó la reliquidación solicitada, argumentando la validez del decreto, facultad reglamentaria del Ejecutivo y la imposibilidad presupuestal para reconocer la petición.
El juzgado de primera instancia declaró la nulidad de los actos administrativos que negaron la reliquidación y ordenó a la entidad demandada incluir la bonificación judicial como factor salarial a partir del 12 de mayo de 2019, aplicando los reajustes legales correspondientes.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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