Tribunal Administrativo de Boyacá confirma vínculo laboral entre instructor y SENA tras más de 14 años de prestación de servicios
Proviene de: Sentencias
9 de junio de 2026 17:25:38
Contexto y antecedentes del proceso
El caso se originó a partir de una demanda presentada en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, por parte de un instructor que prestó servicios al SENA bajo contratos sucesivos de prestación de servicios entre 2003 y 2017. El demandante solicitó que se declarara la existencia de una relación laboral, la anulación de varias resoluciones administrativas que negaron dicha relación y el reconocimiento y pago de prestaciones sociales y cotizaciones a la seguridad social correspondientes.
El SENA se opuso alegando que existió únicamente un contrato de prestación de servicios de carácter temporal, con autonomía en la ejecución de las labores y sin subordinación laboral, resaltando además la aplicación de la prescripción por interrupciones en los contratos y la naturaleza parafiscal de ciertos aportes al sistema de seguridad social.
Decisión en primera instancia
El Juzgado Primero Administrativo de Sogamoso, mediante sentencia del 30 de mayo de 2024, declaró la nulidad de las decisiones administrativas que negaron la relación laboral y reconoció dicha relación subordinada entre el instructor y el SENA durante el periodo demandado. La sentencia ordenó al SENA el pago de prestaciones sociales desde el 1° de febrero de 2011 y hasta diciembre de 2017, así como la actualización de los aportes pensionales y el cómputo del tiempo laborado para efectos pensionales. Se declaró la prescripción de pretensiones anteriores a esa fecha debido a interrupciones superiores a 30 días hábiles en la continuidad contractual.
Recurso de apelación y competencias
El SENA apeló la decisión, insistiendo en que la relación fue contractual y no laboral, y en...
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