Consejo de Estado confirma negativa de medidas cautelares en ejecución contra Dirección Distrital de Liquidaciones
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:22:49
Providencia dictada por el Consejo de Estado en segunda instancia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, en ejercicio del recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutante, resolvió sobre un auto emitido por el Tribunal Administrativo del Atlántico en primera instancia. El auto de septiembre de 2025 negó la medida cautelar de embargo solicitada y limitó la cuantía de los embargos previamente decretados a $2.711.062.669.
Antecedentes fácticos y procesales
La Cooperativa Integral de Transportadores del Litoral Atlántico (Coolitoral) presentó demanda ejecutiva contra la Dirección Distrital de Liquidaciones en marzo de 2023, con fundamento en una sentencia previa y un auto de liquidación de condena. Solicitó el pago de capital e intereses moratorios que sumaban varios miles de millones de pesos. En mayo de 2025, Coolitoral pidió medidas cautelares consistentes en el embargo y secuestro de todos los recursos líquidos o liquidables que correspondieran a la Dirección Distrital de Liquidaciones, incluyendo recursos administrados por fiduciarias y el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.
El Tribunal Administrativo del Atlántico, mediante auto del 2 de septiembre de 2025, negó la solicitud de embargo sobre estos recursos por considerarlos inapropiados para la medida cautelar, dado que no se pudo demostrar la existencia ni la titularidad de los bienes a embargar. Además, limitó la cuantía de las medidas cautelares a la suma mencionada. La Sala destacó que los recursos solicitados para embargo podrían estar protegidos por normas de inembargabilidad, en particular los fondos públicos incluidos en el presupuesto general de la entidad territorial.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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