Consejo de Estado niega suspensión provisional a decreto que prioriza empleo juvenil en el sector público
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:23:19
Providencia y tribunal que resuelve
La decisión fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria del Consejo de Estado, máximo tribunal contencioso administrativo en segunda instancia, mediante auto interlocutorio fechado el 29 de mayo de 2026, dentro del medio de control de nulidad instaurado contra el Decreto 2365 de 2019.
Antecedentes del caso
La demanda fue presentada por una ciudadana que solicitó la nulidad y suspensión provisional del artículo 1° del Decreto 2365 de 2019, mediante el cual el Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, adicionó un capítulo al reglamento del sector público para priorizar la vinculación laboral de jóvenes entre 18 y 28 años sin experiencia profesional en el servicio público.
La demandante argumentó que la norma vulnera el preámbulo y varios artículos de la Constitución Política, incluyendo el derecho a la igualdad (artículo 13), el derecho al trabajo (artículos 1° y 25), y el acceso a cargos públicos (artículos 40 numeral 7 y 125), al establecer una preferencia que discrimina a otros ciudadanos en edad laboral que no se encuentran en el rango etario señalado.
Argumentos de las partes
La solicitante destacó que la norma otorga un trato preferencial injustificado a jóvenes que no estarían en condiciones reales de vulnerabilidad, y que esta prerrogativa afecta los derechos laborales y de acceso a cargos públicos de quienes superan la edad de 28 años.
Por su parte, la Presidencia de la República objetó la suspensión provisional, señalando que no se acreditó un perjuicio irremediable a los ciudadanos excluidos ni argumentos jurídicos contundentes para justificar la medida cautelar.
El Ministerio del Trabajo defendió la constitucionalidad y legalidad del decreto, indicando que la norma fue emitida en ejercicio de la potestad reglamentaria para combatir la alta tasa de desempleo juvenil y facilitar el acceso de este grupo al empleo público, en línea con el artículo 45 de la Constitución que reconoce la participación activa de la juventud en la sociedad.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado recordó que las medidas cautelares en el proceso contencioso administrativo tienen la finalidad de proteger provisionalmente el objeto del proceso y la efectividad de la sentencia, y requieren la concurrencia de los requisitos de apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) y peligro en la demora (periculum in mora), además de un análisis de ponderación de intereses.
Respecto al decreto cuestionado, se hizo un análisis inicial que no implica prejuzgamiento, confrontando el acto administrativo con las normas superiores invocadas.
El tribunal destacó que la norma demandada busca cumplir con un fin constitucionalmente legítimo: generar oportunidades de empleo para la población joven y superar las barreras de empleabilidad, en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 y la Ley 1955 de 2019.
El análisis sobre el derecho a la igualdad evidenció que la medida establece un trato diferenciado basado en un criterio razonable y justificado, que busca compensar desventajas históricas del grupo poblacional joven, sin afectar de manera desproporcionada los derechos de otros ciudadanos.
En cuanto al derecho al trabajo y al acceso a cargos públicos, se concluyó que la limitación temporal y parcial en beneficio de los jóvenes no vulnera la Constitución, siendo adecuada y razonable para alcanzar objetivos sociales legítimos.
Decisión final
En consecuencia, la Sala Unitaria del Consejo de Estado denegó la suspensión provisional solicitada, al no encontrarse acreditados los requisitos legales para su procedencia ni vulneraciones claras al ordenamiento jurídico superior.
Esta providencia reafirma la validez del Decreto 2365 de 2019 como instrumento para promover la inclusión laboral juvenil en el sector público, mientras se adelanta el trámite de fondo del proceso judicial.
La decisión fue notificada y ordenó su cumplimiento conforme a derecho, garantizando así la continuidad de las políticas públicas destinadas a fortalecer el empleo juvenil en las entidades estatales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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