Consejo de Estado aprueba liquidación de costas en recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:23:39
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera del Consejo de Estado, máxima instancia en materia administrativa en Colombia, encargada de dirimir recursos extraordinarios de unificación de jurisprudencia. La decisión corresponde a un auto que resuelve sobre la aprobación de la liquidación de costas procesales tras el rechazo de un recurso extraordinario presentado por un grupo familiar.
Antecedentes fácticos y procesales
El recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia fue presentado y posteriormente rechazado de plano por la Sala mediante auto fechado el 25 de marzo de 2026, con fundamento en el artículo 265 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). En esa providencia se ordenó condenar a la parte recurrente al pago de costas procesales. Además, se instruyó a la Secretaría de la Sección Tercera del Consejo de Estado para que realizara la correspondiente liquidación de costas, teniendo en cuenta los gastos y expensas procesales causados, y se precisó que no procedía el pago por agencias en derecho porque no hubo actuación defensiva de la contraparte.
El 27 de abril de 2026, la Secretaría de la Sección Tercera efectuó la liquidación, estableciendo que los rubros de agencias en derecho, gastos y expensas del proceso, así como honorarios auxiliares de la justicia, arrojaron un valor total de cero pesos. Esta liquidación fue notificada a las partes el mismo día. Posteriormente, el 29 de abril de 2026, el expediente regresó al despacho para que se pronunciara sobre dicha liquidación.
Consideraciones y fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado, mediante auto del primero de junio...
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