Consejo de Estado resuelve conflicto negativo de competencia entre tribunales administrativos sobre intervención en hospital del Tolima
Proviene de: Sentencias
10 de junio de 2026 19:24:25
Tribunal y naturaleza de la decisión
El 1º de junio de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, emitió un auto que resuelve un conflicto negativo de competencia surgido entre dos tribunales administrativos de diferentes distritos judiciales. La providencia se dicta en el marco del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el Departamento del Tolima contra la Superintendencia Nacional de Salud.
Antecedentes fácticos y procesales
El Departamento del Tolima presentó demanda solicitando la nulidad de dos resoluciones expedidas por la Superintendencia Nacional de Salud. Dichas resoluciones prorrogaron la medida de intervención forzosa administrativa para la administración del Hospital Regional Alfonso Jaramillo Salazar, una empresa social del Estado. El demandante buscaba además el restablecimiento del derecho mediante la recuperación de la posesión y administración del hospital.
Inicialmente, el Consejo de Estado declaró su incompetencia para conocer el asunto en única instancia, remitiendo el expediente al Tribunal Administrativo del Tolima. Posteriormente, este tribunal admitió la demanda pero, por razones territoriales, también declaró su falta de competencia y remitió el expediente a la Oficina Judicial de Bogotá para su reparto al Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
A su vez, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en auto de marzo de 2026, declaró igualmente su falta de competencia y ordenó remitir el expediente al Tribunal Administrativo del Tolima. Ante esta situación, se configuró un conflicto negativo de competencia entre ambos tribunales.
Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto
El conflicto fue asignado a un magistrado ponente del Consejo de Estado para decidir conforme al artículo 158 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021. Según esta norma, el Consejo de Estado es el superior funcional de los tribunales administrativos, encargado de resolver los conflictos de competencia entre estos, especialmente cuando involucran a jueces de diferentes distritos judiciales.
En el auto, la Sección Primera del Consejo de Estado declara la falta de competencia para conocer el proceso en única instancia y ordena correr traslado a las partes por tres días para que presenten sus alegatos. Esta etapa procesal es indispensable para garantizar el derecho de defensa y la correcta valoración de los argumentos relacionados con la competencia territorial y material del proceso.
Una vez recibidos los alegatos, el despacho resolverá en un plazo de diez días mediante auto que determinará el tribunal competente para continuar con el trámite del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Importancia del pronunciamiento
Este auto destaca la función del Consejo de Estado como instancia superior encargada de dirimir conflictos de competencia entre tribunales administrativos, asegurando el correcto encausamiento de los procesos y la adecuada administración de justicia. Asimismo, reafirma la aplicación del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 2080 de 2021 en materia de competencia judicial.
El fallo es relevante para la organización jurisdiccional administrativa y para la garantía del debido proceso en asuntos relacionados con la intervención administrativa en entidades públicas, como es el caso del hospital en el Tolima.
La providencia fue firmada electrónicamente en la sede electrónica para la gestión judicial, garantizando autenticidad e integridad conforme a la ley. Con esta decisión, se espera que el proceso continúe de manera clara y ordenada, permitiendo que las partes involucradas obtengan una resolución definitiva en torno a la administración del Hospital Regional Alfonso Jaramillo Salazar y la legalidad de las medidas adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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