Providencia del Consejo de Estado en segunda instancia
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B, en ejercicio de su competencia para resolver recursos de apelación contra autos que decretan medidas cautelares, analizó el caso relativo a la medida de embargo ordenada sobre fondos en cuentas bancarias de una sociedad pública del sector postal, derivada de una demanda ejecutiva presentada por una empresa privada de transporte.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó demanda ejecutiva contra la empresa pública de servicios postales con base en un contrato administrativo y facturas comerciales, buscando el pago de capital adeudado e intereses moratorios. Al tiempo de la demanda, se solicitó medida cautelar de embargo y retención de dineros depositados en cuentas bancarias de la entidad demandada.
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en primera instancia, decretó mediante auto la medida cautelar de embargo y retención sobre múltiples cuentas corrientes y de ahorros de la entidad demandada en varios bancos nacionales, con una cuantía máxima fijada conforme al Código General del Proceso (CGP).
Posteriormente, la entidad demandada interpuso recurso de apelación contra dicho auto, alegando principalmente:
- La inexistencia del presupuesto de “periculum in mora”, pues no se demostró riesgo inminente que justificara la medida cautelar.
- La violación del principio de inembargabilidad de recursos públicos previsto en la Ley 489 de 1998 y en el CGP, dado que la demandada es una empresa industrial y comercial del Estado.
- La afectación al servicio público esencial de correos, por el embargo masivo...