Tribunal Administrativo del Chocó fija audiencia especial y acepta renuncia de apoderado en acción popular contra entidades estatales y privadas
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 16:13:52
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo del Chocó, en el marco de un proceso de acción popular que busca la protección de derechos e intereses colectivos, profirió un auto interlocutorio. Esta providencia tiene como objetivo principal fijar la fecha y hora para la celebración de la audiencia especial de pacto de cumplimiento, prevista en el artículo 27 de la Ley 472 de 1998, y resolver sobre la renuncia del apoderado judicial de una de las partes demandadas.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial fue instaurado por un ciudadano en contra de varias entidades, entre ellas una entidad estatal encargada de las tecnologías de la información y las comunicaciones, la Superintendencia de Servicios Públicos, empresas privadas del sector de telecomunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones, además de entidades vinculadas como un municipio y un fondo único de tecnología. La acción popular tiene como fin la protección de derechos colectivos relacionados con el sector de las telecomunicaciones y servicios públicos.
Durante el trámite procesal, la empresa demandada Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP BIC notificó la renuncia de su apoderado judicial, lo cual fue revisado por el Tribunal en la plataforma digital especializada.
Consideraciones y decisiones adoptadas por la providencia
El Tribunal, con base en la revisión de los documentos y conforme a la normativa procesal vigente, aceptó la renuncia del apoderado judicial presentada por la empresa demandada, al no encontrar impedimento legal para ello.
Asimismo, se ordenó a la empresa demandada que en un término de cinco días hábiles contados desde la notificación electrónica del auto, designe un nuevo apoderado judicial que asuma la defensa de sus intereses en el proceso.
Por otro lado, y en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 472 de 1998, se fijó la audiencia especial de pacto de cumplimiento para el día dieciséis de septiembre de 2026, a las 10:00 a.m. Esta audiencia se desarrollará por canales virtuales y la información será comunicada oportunamente a todas las partes y sujetos procesales involucrados.
Finalmente, el Tribunal dispuso que con la notificación del auto respectivo, las partes y el agente del Ministerio Público quedan debidamente notificadas para la audiencia, sin necesidad de citación adicional.
Implicaciones procesales
Esta providencia es importante en el desarrollo del proceso de acción popular pues avanza en la fase de conciliación, representada por la audiencia especial de pacto de cumplimiento. Además, la aceptación de la renuncia del apoderado y el requerimiento para la designación de nuevo representante legal aseguran la adecuada defensa de los derechos de las partes, garantizando el debido proceso.
De esta manera, el Tribunal Administrativo del Chocó continúa con la tramitación del proceso, asegurando la participación efectiva de los sujetos procesales y el cumplimiento de los términos legales establecidos, lo que contribuye a la protección de los derechos colectivos en el sector de telecomunicaciones y servicios públicos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Tribunal Administrativo del Chocó fija audiencia especial y acepta renuncia de apoderado en acción popular contra entidades estatales y privadas