Tribunal Administrativo del Chocó confirma embargo a entidad hospitalaria por obligación laboral reconocida
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 16:13:2
Providencia y tribunal competente
El pasado 27 de mayo de 2026, la Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo del Chocó resolvió el recurso de apelación interpuesto contra un interlocutorio del Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, relacionado con la medida cautelar de embargo decretada sobre cuentas bancarias de una entidad hospitalaria local.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso ejecutivo fue iniciado por un particular para obtener el pago de una obligación laboral reconocida en sentencia judicial contra la entidad hospitalaria. Como medida cautelar, se solicitó y decretó el embargo y retención de sumas de dinero en diversas entidades bancarias donde la entidad hospitalaria mantiene vínculos comerciales, por un monto que inicialmente fue limitado a trece millones trescientos quince mil trescientos cincuenta pesos ($13.315.350).
La entidad demandada interpuso recurso de apelación, argumentando que los recursos depositados en dichas cuentas tienen naturaleza parafiscal y están destinados exclusivamente a la financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), lo que los hace inembargables según la Constitución, la Ley Estatutaria 1751 de 2015, el Código General del Proceso y conceptos del Ministerio de Salud. También invocó la Circular Externa No. 032 de 2025 del Ministerio de Salud, que prohíbe medidas cautelares sobre recursos inembargables del sistema.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
La Sala Segunda de Decisión confirmó el embargo decretado en primera instancia, basándose en que la obligación objeto de ejecución corresponde a una excepción al principio general de inembargabilidad de recursos públicos, dado que se trata de una obligación laboral reconocida mediante sentencia judicial.
El tribunal recordó que las medidas cautelares de embargo...
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