Consejo de Estado confirma caducidad en demanda de reparación directa contra Municipio de Sabanalarga
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:11:3
Providencia judicial y tribunal competente
El pronunciamiento corresponde a una sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A, del Consejo de Estado, en segunda instancia. La providencia confirma la decisión proferida en primera instancia por el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral A, el 16 de mayo de 2025, que negó las pretensiones de una Fundación demandante contra el Municipio de Sabanalarga – Atlántico, en un proceso de reparación directa.
Antecedentes fácticos y procesales
La Fundación adquirió un predio en Sabanalarga con la intención de desarrollar un proyecto de vivienda de interés social (VIS) denominado “Villa de la Sabana”. Tras tramitar la modificación del uso del suelo de rural a urbano, se produjo la invasión del predio por alrededor de 170 familias, situación denunciada penalmente. La Fundación argumentó que la administración municipal incurrió en falla del servicio al no desalojar a los invasores y al haber declarado el predio como zona “subnormal”, firmando un acuerdo con la empresa de energía para suministrar electricidad a los ocupantes ilegales, lo que habría frustrado el proyecto.
En primera instancia, el Tribunal negó la demanda por no acreditarse el nexo causal entre la acción u omisión del Municipio y el daño sufrido. La Fundación apeló esta decisión, alegando error en la valoración de la causalidad, desconocimiento del deber constitucional de protección del derecho de dominio y causalidad por omisión estatal.
Consideraciones principales de la Sala
El Consejo de Estado centró su análisis en el presupuesto procesal de la oportunidad para interponer la acción, específicamente el término de caducidad previsto en el artículo 164,...
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