Consejo de Estado define competencia para reconocimiento y pago de bono pensional en caso de docente nacional del Caquetá
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:13:20
Contexto y tribunal competente
La decisión fue adoptada por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en primera instancia, en ejercicio de la función prevista en el artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021. Este tribunal tiene competencia para resolver conflictos negativos de competencias administrativas que involucren autoridades del orden nacional y territorial.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó a partir de la solicitud de reconocimiento y pago de un bono pensional para una docente que laboró como directora y profesora en escuelas rurales de la Intendencia Nacional del Caquetá durante el periodo comprendido entre el 17 de julio de 1967 y el 31 de enero de 1976. La controversia principal surgió debido a la ausencia de soportes documentales que acreditaran el pago de las cotizaciones a Cajanal para el periodo anterior a 1970.
Las autoridades involucradas incluyeron el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio del Trabajo, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), y las entidades territoriales del Caquetá. Durante el trámite, se constató que para el periodo entre 1970 y 1976 existían soportes de pago reconocidos, asumiendo competencia el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Sin embargo, para el periodo previo (1967-1969), persistía la ausencia de documentación que acreditara dichas cotizaciones.
Se requirió la aclaración sobre la autoridad competente para conservar y exhibir los soportes de las cotizaciones a seguridad social, así como para reconocer y pagar el bono...
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