Consejo de Estado define competencia sobre permisos para operar maquinaria en horarios restringidos en Santiago de Cali
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:14:32
Contexto y antecedentes del caso
El conflicto surgió tras la solicitud presentada por una constructora para obtener un permiso que le autorizara operar maquinaria de construcción en horario extendido en cinco proyectos inmobiliarios ubicados en el Distrito Especial de Santiago de Cali. Inicialmente, el Departamento Administrativo Distrital de Gestión del Medio Ambiente (DAGMA) declaró su falta de competencia para otorgar dicho permiso en proyectos ubicados fuera del perímetro urbano y remitió la solicitud a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC). Por su parte, la CVC también negó competencia para conceder la extensión de horarios, recomendando que la solicitud fuera evaluada por la autoridad municipal correspondiente.
Ante la negativa de ambas entidades, se presentó una solicitud ante la Secretaría de la Gobernación del Valle del Cauca para resolver el conflicto negativo de competencias. Sin embargo, esta entidad se declaró incompetente y remitió el asunto al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, que a su vez ordenó remitir el expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, dada la participación de una autoridad ambiental nacional.
Análisis jurídico y consideraciones de la Sala
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley 1437 de 2011 y su modificación por la Ley 2080 de 2021, analizó el caso bajo el marco normativo relacionado con la policía administrativa, el ordenamiento territorial y las competencias ambientales.
Se destacó que el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016) establece una prohibición general para la realización de obras de construcción,...
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