Consejo de Estado define competencia para pago de bono pensional en sector salud de Cundinamarca
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:17:50
Contexto y tribunal que profiere la decisión
El pasado 22 de abril de 2026, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, máximo tribunal administrativo del país, emitió un auto en el cual resuelve un conflicto negativo de competencias administrativas. Este tipo de conflicto ocurre cuando distintas autoridades niegan su competencia para resolver una misma solicitud o asunto administrativo, generando incertidumbre sobre qué entidad debe actuar.
Antecedentes del caso
El conflicto fue planteado a partir de la solicitud de reconocimiento y pago de un bono pensional por el tiempo laborado en un hospital público de Cundinamarca, durante el período comprendido entre agosto de 1984 y abril de 1985. La solicitud fue promovida por una administradora de fondos de pensiones, que buscaba claridad sobre qué autoridad era la competente para tramitarla: el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el departamento de Cundinamarca o el hospital en cuestión, actualmente constituido como empresa social del Estado (ESE).
Durante el proceso, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público negó competencia para resolver el caso, aduciendo que no era el empleador ni poseía la historia laboral relevante. Por su parte, el hospital argumentó que para la época en que se prestaron los servicios la entidad no tenía personería jurídica propia, y que la responsabilidad debería ser compartida entre la Nación y el ente territorial. El departamento de Cundinamarca, a través de la Unidad Administrativa Especial de Pensiones (UAEPC), sostuvo que le corresponde asumir la competencia, dado que para el periodo reclamado el hospital funcionaba como dependencia de la entidad territorial.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.