Consejo de Estado confirma negativa de reparación directa contra la Rama Judicial por presunta caducidad de acción en proceso relacionado con Ecopetrol
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:34:1
Tribunal y naturaleza de la providencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado profirió el auto el 22 de mayo de 2026, en segunda instancia, para resolver el recurso de apelación interpuesto por Ecopetrol en contra de la sentencia del 12 de junio de 2025 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A, la cual negó las pretensiones de la demanda de reparación directa.
Antecedentes fácticos y procesales
Ecopetrol presentó demanda de reparación directa contra la Nación - Rama Judicial, argumentando que la condena impuesta en 2019 por el Tribunal Administrativo de Arauca, en un proceso judicial relacionado con daños causados por la construcción del oleoducto Caño Limón – Coveñas, fue errónea. La demanda reclamaba indemnización por daño emergente y lucro cesante. La controversia se centró en si la acción estaba o no caducada al momento de su ejercicio.
El proceso original se había iniciado en 2001 en la jurisdicción ordinaria, en donde se discutió la responsabilidad por daños ambientales asociados al oleoducto. Posteriormente, se declaró la nulidad de lo actuado por falta de jurisdicción y se remitió el caso a la jurisdicción contencioso administrativa. En el trámite judicial se presentaron conflictos negativos de competencia entre jurisdicciones, con decisiones contradictorias atribuyendo la competencia tanto a la jurisdicción ordinaria como a la contencioso administrativa.
El Tribunal Administrativo de Arauca, en su sentencia de 2019, revocó la negativa inicial y declaró la responsabilidad de Ecopetrol, pero se abstuvo de declarar probada la caducidad de la acción, aplicando el plazo de prescripción previsto en el Código Civil y no la...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.