Contexto y marco normativo del proyecto
El proyecto de decreto, anunciado por el Departamento Nacional de Planeación en 2026, buscaría modificar el artículo 2.2.8.6.1.3.3 del Decreto 1082 de 2015, el cual fue adicionado por el Decreto 875 de 2024. Este último reglamentó el artículo 70 de la Ley 2294 de 2023, que creó el Registro Universal de Ingresos (RUI) con el fin de establecer un sistema unificado para la focalización de subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social del Estado colombiano.
Propósito y alcance del proyecto
El objetivo principal del proyecto de decreto sería ampliar el plazo previsto para la transición de la oferta social hacia el RUI. Se buscaría garantizar un proceso ordenado que permita culminar las actividades técnicas, operativas e institucionales necesarias para que las entidades públicas y particulares que ejercen funciones públicas utilicen el RUI como único mecanismo para focalizar la oferta social. Esto afectaría a entidades ejecutoras de programas sociales y a la población beneficiaria o potencialmente beneficiaria de dichos programas.
Modificaciones y nuevas disposiciones
El proyecto propondría que la transición al RUI iniciaría a partir del 1 de agosto de 2026, extendiendo el plazo para finalizar este proceso hasta el 31 de octubre de 2026. Se establecerían requisitos específicos para las entidades responsables, tales como:
- Realizar un análisis del impacto del cambio hacia la clasificación del RUI sobre la población objetivo.
- Identificar las poblaciones sujetas a la transición y definir criterios de ingreso, permanencia y egreso.
- Definir mecanismos y plazos para la adopción del RUI.
- Establecer los puntos de corte de acceso a los programas sociales, conforme a la normativa aplicable.
Además, las entidades deberían adoptar y publicar un acto administrativo antes del 1 de agosto de 2026 en el que se definan los esquemas de transición, cronogramas, actividades operativas y mecanismos de atención a la ciudadanía. Se plantearía también la implementación de estrategias de divulgación y pedagogía dirigidas a beneficiarios y grupos de interés durante todo el período de transición.
Participación de actores clave
El Departamento Nacional de Planeación ofrecería asistencia técnica a las entidades ejecutoras para la caracterización de la población objetivo y la focalización de la oferta social, apoyándose en la información del RUI y del Registro Social de Hogares (RSH). Las entidades públicas y particulares que administran programas sociales serían responsables de cumplir con las disposiciones del proyecto.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto estaría disponible para consulta pública en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP) y en la página web oficial del Departamento Nacional de Planeación durante un periodo determinado en junio de 2026. La ciudadanía podría enviar comentarios y observaciones dentro de este plazo, facilitando la participación en el proceso de elaboración normativa.
Derogaciones y vigencia
Entre las modificaciones, el proyecto contemplaría la derogatoria a partir del 1 de agosto de 2026 de varios capítulos y artículos del Decreto 1082 de 2015 relacionados con sistemas anteriores de focalización, consolidando el RUI como el único instrumento vigente para esta función.
El decreto, de ser aprobado, regiría desde la fecha siguiente a su publicación y modificaría las normas indicadas para garantizar una implementación homogénea y efectiva del RUI en todo el territorio nacional, contribuyendo así a mejorar la eficiencia y transparencia en la focalización de la oferta social en Colombia.