Consejo de Estado decreta pruebas en recurso extraordinario de revisión sobre reliquidación pensional
Proviene de: Sentencias
17 de junio de 2026 20:30:38
Providencia emitida por el Consejo de Estado en segunda instancia
El pasado tres de junio de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia y subsección B, emitió un auto en el proceso identificado como acción especial de revisión sobre reliquidación pensional. La providencia fue firmada por el Consejero de Estado a cargo del despacho.
Este auto responde al recurso extraordinario de revisión presentado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), contra una sentencia proferida en 2014 por el Tribunal Administrativo de Casanare. El recurso fue admitido en 2023 y su trámite ha enfrentado dificultades principalmente por la imposibilidad de notificar personalmente al demandado, situación que motivó la adopción de medidas especiales para efectuar la notificación a través de medios electrónicos.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó por una controversia en relación con la reliquidación pensional de un ciudadano, cuya defensa fue objeto de revisión por parte de la UGPP. La sentencia inicial del Tribunal Administrativo de Casanare fue objeto de recurso extraordinario de revisión fundamentado en causales previstas en la Ley 797 de 2003.
Tras la admisión del recurso, se ordenó la notificación personal al demandado, la cual no pudo realizarse por la imposibilidad de ubicarlo en la dirección registrada. En respuesta, el Consejo de Estado solicitó a la UGPP una dirección electrónica alternativa, mediante la cual finalmente se concretó la notificación. No obstante, el demandado no presentó escrito de contestación al recurso.
Es importante destacar que el expediente del proceso ordinario relacionado fue aportado al presente trámite...
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