Consejo de Estado declara falta de competencia y remite proceso ejecutivo a Juzgados Administrativos de Medellín
Proviene de: Sentencias
17 de junio de 2026 20:30:44
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial fue emitida el 11 de junio de 2026 por la Subsección B de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. El proceso se originó tras un recurso extraordinario de anulación presentado contra un laudo arbitral que resolvió una controversia entre una entidad promotora de vivienda para miembros de las fuerzas militares y policiales y una empresa privada dedicada al diseño y construcción.
En primera instancia, el Tribunal Arbitral emitió un laudo favorable a la entidad promotora y a una sociedad fiduciaria, condenando a la empresa privada al pago de costas y agencias en derecho. Posteriormente, el recurso extraordinario de anulación interpuesto por la empresa fue declarado infundado por esta Subsección, confirmando la condena en costas y fijando las agencias en derecho en 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Una vez agotados los recursos en sede contencioso administrativa, la entidad promotora solicitó el libramiento de mandamiento de pago para ejecutar la condena, debido a que las sumas reconocidas no habían sido canceladas.
Fundamentos jurídicos de la decisión
El magistrado ponente analizó el procedimiento ejecutivo en el marco del artículo 298 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021, que regula la ejecución de providencias proferidas por la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Este artículo establece que, para la ejecución basada en laudos arbitrales o conciliaciones aprobadas por esta jurisdicción, se deben aplicar criterios de competencia por cuantía y territorialidad, además del factor de conexidad en ciertos casos.
En este caso particular, el título ejecutivo corresponde a una providencia judicial que resolvió...
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