CREG establece programa para participación activa de la demanda en la bolsa de energía mayorista
Proviene de: Resoluciones
18 de junio de 2026 17:23:24
Entidad emisora y contexto legal
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió la Resolución 101 111 de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.525 el 17 de junio de 2026. Esta resolución se sustenta en las facultades otorgadas por las Leyes 142 y 143 de 1994, así como en diversos decretos y resoluciones previas que regulan el sector eléctrico colombiano. El marco constitucional, en particular los artículos 334 y 365, establece la responsabilidad del Estado en la dirección de la economía y la prestación eficiente de los servicios públicos, objetivos que la CREG busca promover mediante esta regulación.
Objeto y destinatarios de la resolución
El propósito principal de esta resolución es establecer las condiciones, requisitos y procedimientos para que los usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica, autogeneradores, agentes generadores, comercializadores y otros participantes del Sistema Interconectado Nacional (SIN) puedan participar activamente en el Mercado de Energía Mayorista ofreciendo reducciones voluntarias de demanda. Este programa incluye a usuarios con autogeneración remota y busca incentivar la respuesta de la demanda como un recurso para mejorar la eficiencia, la confiabilidad y la estabilidad del sistema eléctrico nacional.
Principales disposiciones y funcionamiento del programa
La resolución define un mecanismo mediante el cual los usuarios, a través de representantes comerciales, pueden ofertar diariamente reducciones de consumo energético para cada hora del día, con un mínimo de 1 MWh por oferta. Estas ofertas se presentan al Centro Nacional de Despacho (CND), que las evalúa y acepta según criterios de eficiencia económica y beneficios para el sistema. Se establecen reglas claras para la verificación de las...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.