Tribunal Administrativo de Santander confirma sanción por desacato a gerente regional de Nueva EPS
Proviene de: Sentencias
18 de junio de 2026 17:35:40
Providencia y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Santander, en ejercicio del grado jurisdiccional de consulta previsto en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, analizó y confirmó la sanción impuesta por el Juzgado Catorce Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga a la Gerente Regional Nororiente de Nueva EPS. La providencia judicial se relaciona con un incidente de desacato derivado del incumplimiento de un fallo de tutela.
Antecedentes fácticos y procesales
El Juzgado Catorce Administrativo Oral profirió sentencia de tutela el 29 de abril de 2026, en la que protegió los derechos fundamentales de petición y a la salud de un usuario adulto mayor con diagnóstico de enfermedad de Parkinson. La EPS fue ordenada a emitir en un término improrrogable de 48 horas una respuesta completa y congruente a un derecho de petición y a suministrar medicamentos específicos indicados en la historia clínica del paciente.
No obstante, la entidad no cumplió con la orden judicial en los términos establecidos. El usuario promovió incidente de desacato argumentando la falta de respuesta y la omisión en la entrega de los medicamentos prescritos. Durante el trámite incidental, la Gerente Regional Nororiente de Nueva EPS, quien asumió la responsabilidad funcional en ausencia del gerente regional de salud, no presentó informes ni pruebas de cumplimiento, pese a ser debidamente notificada y requerida.
El juzgado de primera instancia declaró en desacato a la funcionaria y le impuso una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. La decisión fue remitida al Tribunal Administrativo de Santander para el grado de consulta.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.