Tribunal Administrativo del Valle del Cauca ordena pago de sanción moratoria por pago tardío de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2026 15:58:19
Contexto y competencia del tribunal
La Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca emitió la sentencia de primera instancia No. 072 el 6 de marzo de 2026, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho de naturaleza laboral. La demanda fue presentada contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), entidad responsable del reconocimiento y pago de cesantías a docentes oficiales. La competencia del tribunal está establecida en el artículo 152 numeral 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, en calidad de docente oficial, solicitó el reconocimiento y pago de cesantías parciales destinadas a la reparación y ampliación de vivienda mediante petición radicada el 5 de octubre de 2017. La cesantía fue reconocida mediante resolución expedida el 9 de julio de 2019 por la Secretaría de Educación Departamental, actuando en representación de la Nación – FOMAG. El pago efectivo se realizó el 20 de mayo de 2020.
Posteriormente, el 21 de mayo de 2020, la solicitante requirió el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por demora en el pago de cesantías, sin obtener respuesta, configurándose así un acto presunto negativo por silencio administrativo. La demanda fue admitida el 11 de agosto de 2023 y la entidad demandada no contestó el proceso.
Consideraciones jurídicas y marco normativo
El tribunal fundamentó su decisión en la unificación jurisprudencial del Consejo de Estado, que aplica la Ley 244 de 1995 y la Ley 1071 de 2006 para sancionar la mora en...
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