Tribunal Administrativo del Valle del Cauca admite recurso de apelación en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2026 15:58:30
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, Sala de Oralidad, emitió un auto de sustanciación en un proceso de reparación directa. La providencia admite el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado 11 Administrativo de Cali en primera instancia. Esta decisión se enmarca en la revisión del cumplimiento de los requisitos formales y materiales para el trámite del recurso.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se originó a partir de una demanda presentada contra una entidad hospitalaria y otras partes. El juzgado de primera instancia emitió sentencia el 20 de octubre de 2025, en la cual negó las pretensiones de la parte demandante. La notificación de esta sentencia se realizó personalmente ese mismo día. En plazo oportuno, la parte demandante interpuso recurso de apelación el 28 de octubre de 2025, dentro del término legal de diez días hábiles, considerando además la aplicación de los términos previstos en la Ley 2213 de 2022.
El recurso de apelación fue presentado por apoderado con poder vigente, y la parte recurrente no solicitó práctica de pruebas en segunda instancia. Ante la ausencia de solicitud de pruebas, la Sala estableció que no se realizarán audiencias de alegatos ni de conclusión, conforme a la modificación normativa vigente.
Fundamentos jurídicos y consideraciones de la providencia
La magistrada ponente del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca hizo referencia al artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, que regula el trámite del recurso...
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