Tribunal Administrativo del Valle del Cauca admite recurso de apelación en caso sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2026 15:58:28
Contexto y procedencia de la decisión
El auto interlocutorio fue proferido por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca el 19 de mayo de 2026, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia responde al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia número 034, emitida el 12 de marzo de 2026 por el Juzgado Primero Administrativo de Buenaventura. Esta sentencia tenía carácter condenatorio en un litigio relacionado con la bonificación judicial prevista en el Decreto 383 de 2013.
La parte demandada, representada por su apoderada, interpuso el recurso de apelación dentro del término legal de diez días siguientes a la notificación electrónica de la sentencia. Se verificó que la representación contaba con poder vigente para actuar en el proceso. Además, no se solicitó audiencia de conciliación, conforme a lo establecido en la normativa aplicable.
Fundamentos jurídicos y régimen procesal aplicable
El Tribunal fundamentó la admisión del recurso en el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021 y el artículo 132 de la Ley 2220 de 2022. Estas reformas introdujeron cambios significativos en la tramitación de los recursos de apelación, entre ellos, la eliminación de la audiencia de alegaciones y juzgamiento en segunda instancia, salvo cuando se decreten pruebas.
En el caso concreto, no fue necesario practicar pruebas adicionales, por lo que no se realizará audiencia para alegatos. Sin embargo, el auto informa que las partes podrán pronunciarse sobre el recurso de apelación hasta la ejecutoria...
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