Propósito general y objetivo principal del proyecto
El proyecto de resolución tiene como propósito establecer un conjunto de indicadores mínimos que faciliten el reporte y seguimiento del avance en la ejecución de los planes de ordenamiento territorial, incluyendo planes de ordenamiento territorial municipales y distritales (POT), planes básicos de ordenamiento territorial (PBOT) y esquemas de ordenamiento territorial (EOT). Su objetivo principal es generar información técnica y cuantificable que permita evaluar el cumplimiento de metas y la consolidación del modelo territorial adoptado, contribuyendo así a la planificación y gestión pública eficiente.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto define indicadores en diversas áreas clave, que deberán ser aplicados por las entidades territoriales para reportar avances anuales y acumulados conforme a los plazos establecidos en cada plan. Entre los indicadores mínimos se incluyen:
- Programación y priorización presupuestal: Porcentaje de proyectos incorporados en el presupuesto, porcentaje del presupuesto destinado a proyectos del POT y porcentaje de ejecución presupuestal.
- Incidencia y articulación supramunicipal: Número y porcentaje de proyectos supramunicipales ejecutados, área e impacto poblacional influenciado.
- Prevención de amenazas y gestión de riesgos: Porcentaje de áreas con estudios detallados, intervenciones de mitigación, población afectada y reasentamientos.
- Infraestructura vial y transporte: Porcentaje de vías urbanas y rurales construidas, ciclo-infraestructura y cobertura de transporte público.
- Espacio público: Construcción y generación de espacio público, parques y cesiones urbanísticas.
- Equipamientos sociales: Avance en la construcción de equipamientos educativos, de salud, cultura, recreación, deporte y bienestar social.
- Servicios públicos domiciliarios: Redes de agua potable y alcantarillado, instalaciones complementarias, infraestructura para residuos sólidos y niveles de suficiencia de sistemas.
- Habilitación de suelo: Porcentaje de suelo urbanizado, suelo de expansión urbana incorporado, legalización de asentamientos informales.
- Producción de vivienda: Número y porcentaje de viviendas construidas, habilitación de suelo para vivienda de interés social y prioritario, mejoramientos de vivienda y barrios.
- Actuaciones urbanísticas en suelo rural: Parcelación, desarrollo suburbano, viviendas licenciadas y dotación de infraestructura básica en centros poblados rurales.
Acciones y regulaciones establecidas
El proyecto dispone que los municipios y distritos deberán implementar estos indicadores siguiendo las directrices del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, incorporándolos en el expediente urbano, base técnica para los reportes anuales de seguimiento y evaluación. El reporte de información será obligatorio y deberá realizarse anualmente antes de finalizar el primer mes de cada año, a través de una plataforma digital que el Ministerio implementará en un plazo máximo de 24 meses desde la adopción de la resolución. Hasta entonces, el envío de datos se hará por correo electrónico.
Además, se contempla la posibilidad de que las entidades territoriales incorporen indicadores adicionales específicos para medir aspectos particulares de sus planes, en respeto a la autonomía municipal y distrital.
Impacto y alcance potencial
La aplicación de estos indicadores permitirá una evaluación más objetiva, transparente y técnica del avance en la implementación de los planes de ordenamiento territorial, facilitando la identificación de dificultades y la toma de decisiones informadas para su revisión y ajuste. Esto contribuirá a mejorar la articulación entre la planificación territorial y el desarrollo económico y social, optimizando la gestión de recursos públicos e impulsando el desarrollo sostenible y equitativo del territorio.
Participación de actores clave
En la elaboración del proyecto, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio llevó a cabo mesas técnicas con representantes de entidades territoriales de diferentes categorías y características, asegurando la pertinencia y aplicabilidad de los indicadores en municipios y distritos con diversas escalas poblacionales, capacidades institucionales y dinámicas socioeconómicas. La resolución se publicó para recibir observaciones y propuestas de ciudadanos y grupos de interés, en cumplimiento de la normativa vigente sobre participación ciudadana.
La responsabilidad de implementar y reportar estos indicadores recae en las administraciones municipales y distritales, con el Ministerio actuando como custodio y coordinador del sistema de información.
Este proyecto de resolución representa un avance significativo en la institucionalización de mecanismos técnicos para el seguimiento y evaluación del ordenamiento territorial, con el fin de fortalecer la planeación y gestión pública en Colombia, promoviendo un desarrollo territorial más ordenado, sostenible y equitativo.