Consejo de Estado confirma legalidad de contribución especial para empresas de servicios públicos en 2019
Proviene de: Sentencias
23 de junio de 2026 15:15:18
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, emitió una sentencia de segunda instancia el 11 de junio de 2026, en la que resolvió un recurso de apelación interpuesto contra una decisión previa del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La providencia judicial analizó la legalidad de la liquidación oficial practicada por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) que estableció una contribución especial para el año 2019 a cargo de una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios.
Antecedentes fácticos y procesales
En 2019, la SSPD expidió la Liquidación Oficial que determinó una contribución especial por un monto superior a los 350 millones de pesos. La empresa demandante impugnó esta liquidación mediante recursos administrativos que fueron confirmados por la misma entidad. Posteriormente, acudió al medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho para solicitar la anulación de los actos administrativos y la devolución del valor pagado en exceso, argumentando que la base gravable de la contribución se había calculado incorrectamente, excediendo los límites constitucionales y legales.
La demanda invocó presuntas violaciones a los artículos 29, 95, 338 y 363 de la Constitución Política, así como a normas específicas de la Ley 142 de 1994 y la Ley 812 de 2003. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda, decisión que fue apelada.
Consideraciones de la Sala y fundamentos jurídicos
La Sala examinó principalmente dos problemas jurídicos: la procedencia de la excepción de inconstitucionalidad respecto a la Resolución que fijó la tarifa y base gravable de la contribución especial, y la facultad de...
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