Contexto y detalles del proyecto de decreto
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, propondría modificar y adicionar el Decreto 1082 de 2015, que reglamenta el sector administrativo de Planeación Nacional. La iniciativa buscaría actualizar y complementar la regulación vigente en materia de contratación estatal, en especial en lo relativo a la compra pública sostenible, la caución para impugnaciones en el RUP, la gestión de información sobre sanciones y inhabilidades, y la inclusión de cláusulas anticorrupción.
Este decreto se inscribiría en el marco normativo que incluye la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, y las disposiciones constitucionales y legales que orientan la función administrativa hacia la transparencia, la eficiencia y la sostenibilidad. Además, atendería recomendaciones internacionales, como las formuladas por el Grupo de Trabajo sobre Cohecho de la OCDE, y compromisos internacionales en materia ambiental y de lucha contra la corrupción.
Objetivos y grupos afectados
El propósito principal del proyecto sería fortalecer la contratación pública como herramienta estratégica para promover la sostenibilidad social, ambiental y económica, así como para garantizar la transparencia y la integridad en los procesos contractuales. De este modo, las entidades estatales, proponentes, contratistas y demás actores vinculados a la contratación pública resultarían directamente afectados.
Principales modificaciones y medidas específicas
Entre las modificaciones más relevantes se encontrarían:
- Incorporación de criterios de sostenibilidad en la planeación y evaluación de contratos: Las entidades estatales deberían elaborar planes anuales de adquisiciones con enfoque estratégico que incluyeran criterios sociales, ambientales y económicos, considerando los impactos a lo largo del ciclo de vida de los bienes, obras o servicios contratados.
- Regulación de la caución para impugnación del RUP: Se propondría establecer que la caución bancaria o de seguros para garantizar posibles perjuicios correspondería al 10% de la utilidad operacional reportada por el proponente, o al 1% de sus ingresos en ausencia de utilidad positiva, y debería mantenerse vigente durante todo el trámite y hasta un año después de la decisión.
- Gestión de información sobre multas, sanciones e inhabilidades: Las entidades estatales tendrían la obligación de remitir mensualmente a las cámaras de comercio la información sobre sanciones y sentencias ejecutoriadas que impliquen inhabilidades, para su registro en el RUP y garantizar la adecuada verificación por parte de los organismos de control y demás interesados.
- Incorporación de cláusulas y compromisos anticorrupción: Se incluirían en los pliegos de condiciones y contratos cláusulas anticorrupción, así como declaraciones y compromisos por parte de los proponentes, en línea con los estándares internacionales y recomendaciones de la OCDE.
- Verificación de listas restrictivas internacionales: Las entidades estatales deberían consultar listas de inhabilitación de organismos multilaterales para evitar la contratación con personas o entidades sancionadas, dejando constancia de dichas consultas en los procesos.
- Incorporación de análisis sectorial y evaluación de riesgos: Se establecería la obligación de realizar estudios previos que incluyan análisis de impactos económicos, sociales y ambientales, así como la evaluación de alternativas que promuevan la sostenibilidad y la eficiencia.
- Instrucciones específicas para los pliegos de condiciones y selección de ofertas: Los pliegos deberían contemplar información detallada y criterios de selección que incluyan factores sociales y ambientales, garantizando la relación costo-beneficio más favorable para la entidad.
Participación de actores clave
El proyecto involucraría a las entidades estatales de los diferentes niveles y ramas del poder público, incluyendo organismos autónomos e independientes, órganos de control, corporaciones autónomas regionales y distritos especiales. Las cámaras de comercio desempeñarían un papel fundamental en la administración del RUP y en la recepción y registro de información sobre sanciones e inhabilidades.
La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente – tendría la responsabilidad de expedir lineamientos, documentos orientadores y garantizar la implementación de las disposiciones, así como facilitar la aplicación de criterios sociales y ambientales en la contratación estatal.
Por su parte, la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, en coordinación con la Superintendencia de Sociedades, se encargaría de desarrollar mecanismos para la consulta unificada y accesible de las listas restrictivas internacionales y establecer estándares para su verificación.
Acceso al proyecto y participación ciudadana
El proyecto habría sido publicado para consulta pública en la página web del Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP) y en la plataforma de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, desde el 21 de mayo hasta el 5 de junio de 2026. Durante este periodo, la ciudadanía y grupos de interés podrían enviar observaciones y comentarios para contribuir a la elaboración final del decreto.
Vigencia y aplicación progresiva
El proyecto plantearía un esquema de entrada en vigencia progresiva, de acuerdo con la categoría y naturaleza de las entidades estatales, con plazos que irían desde un mes después de su publicación para algunos artículos, hasta quince meses para otras entidades y organismos de menor categoría.
Así, se buscaría garantizar una adecuada implementación y adaptación a las nuevas disposiciones, promoviendo la coherencia normativa y la efectividad en la contratación pública sostenible y transparente.
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Este análisis informativo presenta los principales aspectos del proyecto de decreto que modificaría el Decreto 1082 de 2015, resaltando su enfoque en la sostenibilidad, transparencia y lucha contra la corrupción en la contratación estatal. Es importante destacar que sus disposiciones no estarán vigentes hasta la aprobación y publicación oficial del decreto definitivo. La participación ciudadana y el diálogo entre los diferentes actores serán clave para fortalecer este proceso y asegurar una contratación pública más eficiente, ética y sostenible en Colombia.