Contexto y marco normativo del proyecto de decreto
El proyecto de decreto, anunciado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en 2026, buscaría adicionar el Decreto 1084 de 2015, que es el Único Reglamentario del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación. Esta adición se fundamentaría en el artículo 68B de la Ley 1448 de 2011, modificado por la Ley 2421 de 2024, y tendría como propósito reglamentar los derechos y la gestión institucional para la atención de víctimas del conflicto armado que residen fuera del territorio nacional.
El proyecto se enmarcaría en principios constitucionales de igualdad, dignidad y derechos humanos, y consideraría acuerdos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los pactos de las Naciones Unidas ratificados por Colombia. Además, atendería las recomendaciones de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y otros compromisos derivados del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
Propósito y alcance del proyecto
El decreto buscaría establecer disposiciones para promover y fortalecer la gestión institucional orientada a garantizar el acceso efectivo de las víctimas del conflicto armado que se encuentren en el exterior a los derechos previstos en la Ley 1448 de 2011, sin importar su estatus migratorio o condición de protección internacional. Esto incluiría medidas de atención, asistencia, retorno asistido, reparación integral y participación. El ámbito de aplicación comprendería tanto entidades nacionales como territoriales integrantes del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV).
Principales disposiciones y medidas propuestas
El proyecto plantearía la adición de un nuevo Título 12 al Decreto 1084 de 2015, que contendría capítulos sobre gobernanza, coordinación interinstitucional, etapas del ciclo migratorio de las víctimas (origen, permanencia en el exterior y retorno), y mecanismos de atención y reparación adaptados a las condiciones de esta población.
Entre las medidas relevantes se encontrarían:
- Coordinación armónica entre el SNARIV y el Sistema Nacional de Migraciones para evitar duplicidades y vacíos en la atención.
- Promoción de la regularización migratoria y exención de costos para pasaportes a víctimas en situación de vulnerabilidad.
- Implementación de mecanismos de asistencia, protección inmediata y repatriación vía el Fondo Especial para las Migraciones, sujeto a disponibilidad presupuestal.
- Facilitación del acceso a indemnizaciones administrativas, incluyendo la posibilidad de pagos en cuentas nacionales o extranjeras.
- Desarrollo de estrategias pedagógicas con enfoque diferencial e interseccional para visibilizar la memoria histórica de las víctimas en el exterior, a cargo del Centro Nacional de Memoria Histórica, que también promovería espacios culturales y artísticos asociados a la memoria y dignificación.
- Acceso a la educación y orientación para la legalización y convalidación de títulos de educación superior obtenidos en Colombia.
- Diseño de rutas de retorno asistido que incluyan acompañamiento integral para la construcción de proyectos de vida dignos al momento del retorno al país.
- Implementación de planes de generación de ingresos, empleo y seguridad alimentaria para víctimas retornadas, con participación de diversas entidades gubernamentales.
- Uso de plataformas digitales para facilitar la atención, participación y acceso a mecanismos de reparación de las víctimas en el exterior, garantizando la autenticación de identidad y la interoperabilidad con sistemas estatales.
Participación y coordinación institucional
El proyecto resaltaría la coordinación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas como entidades rectoras del Sistema Nacional de Migraciones y del SNARIV, respectivamente. Se establecerían mecanismos técnicos y administrativos para la articulación de acciones, intercambio de información y seguimiento a la implementación de las medidas.
Asimismo, se contemplaría la participación activa de víctimas y organizaciones en el exterior mediante espacios de consulta y representación en instancias nacionales relacionadas con la política pública migratoria y de víctimas. Se propondría una estrategia de fortalecimiento de capacidades para delegados y representantes de víctimas, con modalidades flexibles y virtuales.
Acceso público y participación ciudadana
En cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, el proyecto de decreto se habría publicado en la página web del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP) por un término de quince días calendario. Durante este periodo, la ciudadanía podría haber enviado comentarios y aportes para la elaboración final del decreto.
Resumen de cambios normativos relevantes
A continuación, se presenta una tabla con los principales aspectos que se modificarían o adicionarían en el marco regulatorio vigente:
| Aspecto |
Modificación propuesta |
| Adición de título al Decreto 1084 de 2015 |
Incorporación de disposiciones específicas para la atención de víctimas en el exterior. |
| Coordinación interinstitucional |
Fortalecimiento de la articulación entre SNARIV y SNM, con roles claros para el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. |
| Procedimientos de registro y atención |
Facilitación de solicitudes de registro para víctimas en el exterior, incluyendo mecanismos presenciales y virtuales, con gratuidad y protección de datos. |
| Medidas de asistencia y reparación |
Implementación de mecanismos de apoyo económico, indemnización administrativa, acceso a educación, salud y vivienda, con enfoque diferencial. |
| Participación ciudadana |
Inclusión de víctimas en espacios de política pública migratoria y fortalecimiento de capacidades para su incidencia. |
| Memoria histórica |
Desarrollo de estrategias culturales, artísticas y pedagógicas para visibilizar y dignificar las experiencias de las víctimas en el exterior. |
El proyecto de decreto, de ser aprobado, representaría un avance significativo en la garantía de derechos para las víctimas del conflicto armado que se encuentran fuera de Colombia, al establecer un marco normativo integral que articula la política de atención a víctimas con la política migratoria y la cooperación internacional.