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Proyecto de decreto del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para la gestión de pasivos ambientales

Proviene de: Proyectos de Decreto

6 de julio de 2026 13:3:54

Contexto y marco normativo

El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, buscaría modificar el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. Esta iniciativa se fundamentaría en la Ley 2327 de 2023, que establece definiciones y directrices sobre los pasivos ambientales, así como en mandatos constitucionales que obligan a la protección del medio ambiente. Además, el decreto se alinearía con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que contempla la implementación de modelos integrales para la gestión de pasivos ambientales y la reforma de la normativa minera para la restauración ambiental.

Propósito y alcance del proyecto

El principal objetivo del proyecto sería establecer un marco regulatorio para la identificación, evaluación, intervención y seguimiento de pasivos ambientales en todo el territorio nacional. Se aplicaría a autoridades ambientales competentes, entidades públicas, personas naturales o jurídicas responsables de pasivos ambientales, así como a interesados en su gestión. Quedarían excluidos casos de afectaciones naturales o relacionadas con residuos nucleares o radioactivos.

Medidas y procedimientos clave propuestos

El texto del proyecto contemplaría la reglamentación parcial de los artículos 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley 2327 de 2023, e incluiría los siguientes aspectos relevantes:
  • Definición de la Estrategia para la Gestión de Pasivos Ambientales, que incluiría etapas como identificación por sospecha, caracterización, evaluación de riesgo, declaración y registro, identificación de responsables, intervención, seguimiento, verificación y evaluación final.
  • Procedimientos administrativos para la actuación frente a áreas con sospecha de pasivos ambientales, incluyendo la apertura de expedientes y notificación a interesados y presuntos responsables.
  • Articulación con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres para evaluar afectaciones ambientales persistentes tras eventos súbitos o contingencias.
  • Coordinación entre autoridades ambientales y sectoriales para la identificación, comprobación, y eventual declaración de pasivos ambientales, con suministro de información técnica y participación en instancias de coordinación interinstitucional.
  • Metodologías técnicas para la caracterización y evaluación del riesgo ambiental, con apoyo de autoridades sectoriales y aplicación de metodologías reconocidas internacionalmente mientras se adopten las propias.
  • Requisitos para laboratorios que reporten parámetros físico-químicos, biológicos y microbiológicos, incluyendo acreditación ISO/IEC 17025 vigente o equivalentes internacionales.
  • Declaración formal de pasivos ambientales mediante acto administrativo motivado, susceptible de recursos según la Ley 1437 de 2011.
  • Identificación y notificación motivada a presuntos generadores de pasivos ambientales, con plazos para la presentación y evaluación del Plan de Intervención del Pasivo Ambiental (PIPA).
  • Regulación de responsables sin capacidad económica para asumir costos de intervención, con criterios objetivos para su declaratoria y sin exoneración de responsabilidad.
  • Mecanismos de coordinación y concurrencia financiera entre autoridades ambientales y sectoriales para la gestión de pasivos sin responsables identificados o con incapacidad económica.
  • Presentación, evaluación, seguimiento y verificación de los Planes de Intervención, incluyendo contenido mínimo, obligaciones, cronogramas, presupuestos y programas de monitoreo.
  • Metodología para priorizar la atención de pasivos ambientales de responsables indeterminados o sin capacidad económica, con participación del Comité Nacional para la Gestión de Pasivos Ambientales.
  • Creación del Sistema Único de Información de Pasivos Ambientales (SUIPA), que incluiría un Registro de Pasivos Ambientales con información pública sobre ubicación, características, responsables y estado de los planes de intervención.
  • Roles y responsabilidades de autoridades ambientales, sectoriales y personas naturales o jurídicas en el manejo y uso de la información del SUIPA.
  • Incorporación de los pasivos ambientales como determinantes ambientales para el ordenamiento territorial, con suministro de información técnica y cartográfica a entes territoriales.

Participación de actores clave

El proyecto señalaría que la autoridad ambiental competente tendría un papel central en la declaración, seguimiento y verificación de pasivos ambientales, así como en la evaluación y aprobación de los Planes de Intervención. Las autoridades sectoriales colaborarían aportando información técnica y participando en la identificación y gestión de pasivos. Asimismo, los laboratorios acreditados según normas nacionales e internacionales serían fundamentales para los estudios técnicos. El Comité Nacional para la Gestión de Pasivos Ambientales desempeñaría un rol en la priorización y coordinación de la gestión. Además, se contemplaría la participación de comunidades indígenas y afrocolombianas en la coordinación de acciones cuando las actividades impacten sus territorios.

Acceso y participación ciudadana

El decreto, en cumplimiento de la Ley 1437 de 2011, sería publicado en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para recibir observaciones y comentarios de la ciudadanía y grupos de interés. Se establecerían plazos y mecanismos para la participación pública en la etapa de consulta, promoviendo la transparencia y la inclusión en el proceso de reglamentación ambiental.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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