La DIAN aclara alcance de la exención en el régimen de compañías holding colombianas
Proviene de: 20260703
3 de julio de 2026 14:50:14
Contexto y alcance de la exención
El concepto jurídico responde a una consulta sobre si la exención del artículo 896 del Estatuto Tributario aplica exclusivamente a socios o accionistas no residentes fiscales o si también puede beneficiar a los residentes fiscales en Colombia. La DIAN enfatiza que el régimen especial de CHC debe interpretarse estrictamente y en armonía con los artículos 894 a 898 del Estatuto Tributario, además de las normas reglamentarias y disposiciones antiabuso.
El artículo 896 excluye de tributación las rentas derivadas de la venta o transmisión de participaciones en una CHC, salvo la parte correspondiente a utilidades obtenidas por actividades realizadas en Colombia. Esta limitación es de naturaleza material y no está condicionada a la residencia fiscal del enajenante.
Implicaciones para socios o accionistas residentes y no residentes
La DIAN aclara que no existe una restricción subjetiva que limite la exención a no residentes fiscales. No obstante, los socios residentes están sujetos al impuesto sobre la renta por sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y extranjera. Por tanto, la exención procede únicamente en la proporción que no corresponda a utilidades obtenidas por actividades en Colombia.
Para socios no residentes, la norma establece una regla especial de fuente extranjera aplicable a la proporción atribuible a actividades o activos fuera del país, sin que ello implique exclusividad del beneficio. La exención debe aplicarse estrictamente y no autoriza transformar rentas gravadas en rentas exentas mediante operaciones de enajenación.
Carga de la prueba y control fiscal
La responsabilidad de demostrar la proporción de la operación que corresponde a utilidades por actividades en Colombia recae en los...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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