Consejo de Estado anula disposiciones reglamentarias por extralimitación en la priorización de mano de obra local en proyectos petroleros
Proviene de: Sentencias
3 de julio de 2026 14:54:9
Providencia y tribunal competente
La providencia adoptada corresponde a una sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección A, del Consejo de Estado, en única instancia, en el marco de un proceso de nulidad de actos administrativos expedidos por autoridades del orden nacional.
Contexto y antecedentes del caso
La Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleos (ACIPET) demandó la nulidad de ciertas disposiciones contenidas en el Decreto 2089 de 2014 y el Decreto 1072 de 2015, modificados posteriormente por el Decreto 1668 de 2016. Estas normas regulaban la priorización en la contratación de mano de obra local en proyectos de exploración y producción de hidrocarburos, estableciendo que, cuando existiera mano de obra calificada, al menos un 30% debía ser residente en el municipio o área de influencia del proyecto. Además, definían como mano de obra local a toda persona que acreditara residencia mediante certificado expedido por la alcaldía municipal, sin importar el tipo de vacante.
ACIPET argumentó que la potestad reglamentaria del Gobierno nacional fue extralimitada al extender la certificación de residencia y la política de priorización a la mano de obra calificada, lo cual, según el demandante, estaba previsto únicamente para la mano de obra no calificada según el numeral 6 del literal f) del artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por la Ley 1551 de 2012. Además, se alegó que estas disposiciones vulneraban el artículo 26 de la Constitución Política al imponer requisitos adicionales para el acceso a ciertos empleos, y que se omitió la consulta previa a ACIPET como cuerpo técnico consultivo y al Consejo...
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