Propósito general del proyecto de resolución
El proyecto de resolución tiene como propósito postergar la entrada en vigencia de las Resoluciones 20223040044845, 20223040065305, 20223040044585, 20223040044945, 20223040044935, 20223040044455 y 20223040062115, todas emitidas en 2022. Estas resoluciones establecen reglamentos técnicos para diversos componentes y sistemas vehiculares, tales como cintas retrorreflectivas, llantas neumáticas para motocicletas, sistemas de frenado, acristalamientos de seguridad, sistemas de retención y llantas neumáticas para vehículos automotores y remolques.
Objetivo principal y beneficiarios
El objetivo principal es optimizar la implementación de estos reglamentos técnicos, asegurando que las autoridades competentes y los actores de la cadena productiva y comercial estén preparados para su aplicación efectiva. La postergación busca evitar interpretaciones divergentes, dificultades operativas y garantizar la seguridad vial, la eficacia administrativa y la seguridad jurídica. Los sectores afectados incluyen fabricantes, importadores, comercializadores y usuarios de vehículos automotores y motocicletas, así como las autoridades reguladoras y de seguridad vial.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto establece fechas específicas para la postergación de la entrada en vigencia de cada reglamento técnico, que varían desde agosto de 2027 hasta agosto de 2028, dependiendo del tipo de producto. Durante estos períodos de transición, se continuará aplicando la normativa vigente anterior, incluyendo la aceptación de normas estadounidenses FMVSS (Federal Motor Vehicle Safety Standards), y se permitirá la presentación de certificados de conformidad expedidos por organismos acreditados conforme a las normas establecidas en 2022.
Entre las medidas específicas destacan:
- Postergación hasta el 24 de agosto de 2027 para las cintas retrorreflectivas, aplicando la Resolución 538 de 2013.
- Postergación para llantas neumáticas destinadas a motocicletas hasta el 2 de septiembre de 2027.
- Postergación para sistemas de frenado para vehículos automotores y remolques hasta el 16 de septiembre de 2027, con implementación gradual de sistemas avanzados de frenado de emergencia a partir de 2028.
- Postergación para acristalamientos de seguridad y sistemas de retención hasta septiembre de 2027, con adopción progresiva de reglamentos ONU y FMVSS.
- Postergación para llantas neumáticas y sus procesos relacionados hasta septiembre de 2027 y agosto de 2028 según categorías vehiculares.
- Postergación para sistemas de frenado en motocicletas hasta octubre de 2027, con ciertas exigencias aplazadas hasta abril de 2028.
Acciones y regulaciones establecidas
La resolución ratifica la coordinación entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial y el Viceministerio de Transporte para adelantar un estudio técnico sobre la coexistencia de reglamentaciones internacionales (Foro WP29) y estándares estadounidenses FMVSS. Este estudio, previsto para agosto de 2026, servirá como insumo fundamental para decisiones regulatorias futuras, garantizando continuidad institucional y estabilidad administrativa.
Asimismo, la postergación facilita la transferencia ordenada de información técnica y procesos regulatorios entre administraciones, fortaleciendo la coordinación interinstitucional y asegurando la plena capacidad de gestión para la supervisión y seguimiento de los reglamentos técnicos.
Impacto y alcance potencial
La medida busca proteger la seguridad técnica de los productos automotores, garantizar la sostenibilidad de las relaciones comerciales nacionales e internacionales, y evitar escenarios de aplicación fragmentada. La postergación contribuirá a una implementación homogénea, eficiente y segura de los reglamentos técnicos, beneficiando a fabricantes, importadores, gremios del sector automotor, autoridades reguladoras y, en última instancia, a los usuarios de vehículos en Colombia.
Participación de actores clave
El proyecto fue elaborado con la participación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el Viceministerio de Transporte y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Además, consideró las solicitudes y aportes de gremios nacionales e internacionales, como la Organización Internacional de Constructores de Automóviles (OICA), el Consejo de Empresas Americanas (CEA), la Cámara de la Industria Automotriz, la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI y la Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (FENALCO).
La resolución también fue publicada para consulta pública en la página web del Ministerio de Transporte, permitiendo la recepción de opiniones y sugerencias de la ciudadanía y demás interesados, conforme a la normativa vigente.
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Este proyecto de resolución representa un paso institucional para asegurar una transición ordenada y técnica en la aplicación de reglamentos que impactan la seguridad vial y la competitividad del sector automotor en Colombia, fortaleciendo la confianza de todos los actores involucrados y promoviendo un entorno regulatorio estable y coherente.