Propósito general y objetivo principal
El proyecto de resolución tiene como propósito establecer lineamientos dirigidos a que los operadores de comercio exterior identifiquen, evalúen y gestionen autónomamente los riesgos relacionados con trabajo forzoso u obligatorio en sus cadenas de suministro. Su objetivo principal es promover estándares de conducta empresarial responsable y asegurar que las decisiones administrativas en comercio exterior sean compatibles con el marco constitucional, legal y los compromisos internacionales asumidos por Colombia, fortaleciendo así la prevención y erradicación del trabajo forzoso.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El texto normativo define claramente el concepto de trabajo forzoso u obligatorio, conforme al Convenio No. 29 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y establece la prohibición estricta de este tipo de trabajo en las operaciones relacionadas con comercio exterior bajo la competencia del Ministerio. El Ministerio, a través de la Dirección de Comercio Exterior, será la autoridad encargada de aplicar criterios preventivos para la identificación y gestión de riesgos en los trámites administrativos y operaciones que se tramiten mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).
Se introduce un estándar de valoración basado en motivos razonables, es decir, la existencia de información objetiva, verificable y suficiente que permita identificar riesgos razonables de que un bien haya sido producido mediante trabajo forzoso en cualquier etapa de la cadena de suministro.
Acciones específicas y regulaciones propuestas
El proyecto detalla fuentes de información que podrán ser valoradas para la gestión preventiva, entre ellas:
- Autoridades nacionales y extranjeras competentes.
- Organismos internacionales y mecanismos de supervisión de tratados.
- Decisiones judiciales y administrativas relacionadas con trabajo forzoso y delitos conexos.
- Información generada a través de la VUCE...