Consejo de Estado aclara sentencia sobre nulidad de impuestos de estampillas en el Atlántico
Proviene de: Sentencias
8 de julio de 2026 0:48:19
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, emitió un auto de aclaración de sentencia el 25 de junio de 2026, en segunda instancia, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho radicado bajo el número 08001-23-33-000-2020-00636-01. La demanda fue interpuesta por un consorcio contra el Departamento del Atlántico, relacionados con la determinación de impuestos de estampillas.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción judicial se originó por la impugnación de actos administrativos mediante los cuales la Administración local estableció los impuestos de estampillas Ciudadela y Pro-Desarrollo, incluyendo intereses de mora. La norma aplicada para fundamentar la obligación tributaria fue la letra a.2 del artículo 132 de la Ordenanza 253 de 2015, junto con sus modificaciones. Sin embargo, esta disposición fue expulsada del ordenamiento jurídico mediante sentencia del 27 de marzo de 2025, lo que afectó la validez de la obligación tributaria cuestionada.
Previo a la aclaración, la Sala anuló la liquidación oficial de dichos impuestos contra el demandante, ordenó la devolución de los valores pagados y modificó parcialmente la orden de restablecimiento del derecho emitida por el tribunal de primera instancia para ajustarla a la desaparición de la norma que establecía el hecho imponible.
Consideraciones de la providencia
La solicitud de aclaración presentada por la entidad demandada buscaba que se precisara si la anulación de la obligación tributaria debía entenderse como extinción definitiva de cualquier futura actuación de determinación basada en los mismos supuestos, y que se corrigiera un error en la orden de devolución, señalando incorrectamente que el demandado habría efectuado los pagos.
De acuerdo con...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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