Consejo de Estado se abstiene de resolver conflicto de competencias disciplinarias entre Superintendencia Nacional de Salud y Procuraduría General de la Nación
Proviene de: Sentencias
8 de julio de 2026 0:48:4
Contexto y Antecedentes del Caso
El auto fue proferido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en cumplimiento de las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), modificado por la Ley 2080 de 2021. El proceso se originó tras un incidente de desacato resuelto por un juzgado laboral, que sancionó a dos gerentes técnicos de una EPS por incumplimiento de una orden judicial relacionada con la programación de un procedimiento médico. Posteriormente, la Procuraduría General de la Nación inició investigación disciplinaria, que fue remitida a la Superintendencia Nacional de Salud.
La Superintendencia Nacional de Salud, a través de su Coordinación de Instrucción Disciplinaria, declaró su falta de competencia para adelantar la investigación y planteó un conflicto negativo de competencias ante el Consejo de Estado para determinar cuál entidad era competente.
Fundamentos Jurídicos y Consideraciones de la Providencia
La Sala analizó el conflicto conforme a las reglas generales previstas para la resolución de conflictos de competencia administrativa y al régimen disciplinario aplicable a particulares que ejercen funciones públicas, regulado en el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019).
En primer lugar, se estableció que no se configuraba un conflicto de competencias administrativas debido a que no se cumplían los requisitos legales para que la Sala de Consulta interviniera en el asunto, entre ellos la existencia de un superior común entre las autoridades en conflicto.
En segundo término, se examinó si las gerentes técnicas sancionadas ejercían función pública, condición necesaria para someter a particulares al régimen disciplinario estatal. La jurisprudencia constitucional y las normas aplicables...
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