Contexto y Tribunal competente
La providencia fue dictada por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en ejercicio de su función prevista en los artículos 39 y 112, numeral 10, de la Ley 1437 de 2011, modificados por la Ley 2080 de 2021. El caso se encuentra en instancia administrativa, derivado de un conflicto negativo de competencias administrativas, en el que participan autoridades del orden nacional: la UGPP, el Ministerio de Salud y Protección Social y el FOPEP.
Antecedentes fácticos y procesales
El conflicto se originó tras la solicitud presentada por una entidad territorial para obtener el pago de cuotas partes pensionales correspondientes a una pensión de jubilación reconocida en 1995 por una caja de previsión municipal, en relación con servicios prestados en distintas entidades públicas, incluida la extinta Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal).
Dicha entidad territorial presentó varias cuentas de cobro por períodos comprendidos entre 2021 y 2023 ante el Ministerio de Salud y Protección Social y posteriormente ante la UGPP, obteniendo el rechazo de ambas por falta de competencia. El FOPEP también manifestó su negativa para efectuar pagos sin previa asignación de recursos por parte del Ministerio de Trabajo. Ante estas negativas, la entidad territorial solicitó a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado que definiera la autoridad competente para conocer y resolver estas solicitudes.
Consideraciones de la providencia
La Sala recordó que la UGPP fue creada mediante la Ley 1151 de 2007 para asumir la gestión misional y administrativa de derechos pensionales y prestaciones económicas a cargo de entidades públicas en liquidación, entre ellas Cajanal, cuya liquidación fue ordenada por el Decreto 2196 de 2009. Durante el proceso de liquidación, se estableció que la UGPP asumiría las competencias misionales a partir del cierre de la liquidación, mientras que Cajanal mantendría las funciones hasta ese momento.
Respecto a las cuotas partes pensionales, estas constituyen obligaciones de naturaleza misional para la entidad que reconoció la pensión y que, conforme a la normativa vigente y la jurisprudencia del Consejo de Estado, deben ser gestionadas y reconocidas por la UGPP cuando corresponden a pensiones reconocidas antes o después del 8 de noviembre de 2011.
El Ministerio de Salud y Protección Social no es sucesor misional ni procesal de Cajanal y su función se limita a labores administrativas sin competencia para resolver el pago de cuotas partes pensionales. Por su parte, el FOPEP actúa como administrador fiduciario de los recursos para el pago de pensiones reconocidas por la UGPP, pero no es competente para tramitar las solicitudes.
Con base en lo anterior, la Sala concluyó que la UGPP es la autoridad competente para resolver de fondo las solicitudes de pago derivadas de las cuentas de cobro presentadas por la entidad territorial, relativas a las cuotas partes pensionales de la pensión reconocida por la extinta Cajanal, tanto para los períodos reclamados como para aquellos que se causen en el futuro mientras subsista la prestación pensional.
Decisión y efectos
En consecuencia, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado declaró competente a la UGPP para conocer y resolver las solicitudes de pago por cuotas partes pensionales involucradas. Asimismo, ordenó remitir el expediente a dicha entidad para que continúe con el trámite.
Se comunicó la decisión a todas las autoridades involucradas y a la entidad territorial solicitante. Finalmente, se advirtió que contra esta decisión no procede recurso alguno y que los términos legales para la actuación administrativa se reanudarán a partir de la comunicación de la providencia.
Esta decisión clarifica la distribución de competencias en materia pensional frente a procesos relacionados con la liquidación de entidades públicas y el reconocimiento y pago de cuotas partes pensionales, reafirmando el papel de la UGPP como órgano competente y garante de estos derechos.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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