Consejo de Estado define competencia para pago de bono pensional en sector salud en Córdoba
Proviene de: Sentencias
8 de julio de 2026 0:47:34
Contexto y tribunal competente
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en instancia administrativa, resolvió un auto en el marco de un conflicto negativo de competencias. Este conflicto se originó entre tres autoridades: una entidad descentralizada hospitalaria del orden departamental, el departamento de Córdoba y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La controversia versaba sobre quién tenía la competencia para resolver de fondo la solicitud de reconocimiento y pago de un bono pensional correspondiente al tiempo laborado en el hospital durante el periodo de 1989 a 1992.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso inició con la certificación expedida por la entidad hospitalaria, que acreditaba la vinculación laboral y los aportes a la seguridad social realizados en esa época a través de un fondo territorial de pensiones del departamento de Córdoba. Posteriormente, una administradora de fondos de pensiones solicitó al departamento el reconocimiento y pago del bono pensional para el trabajador afectado.
El departamento objetó dicha solicitud, argumentando que el trabajador no figuraba como beneficiario en el contrato de concurrencia suscrito con el Ministerio de Salud. Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público negó su competencia para asumir la obligación, basándose en que el trabajador no estaba registrado como beneficiario del pasivo prestacional del sector salud bajo su administración.
Ante la negativa sucesiva de las partes, la administradora de fondos acudió al Consejo de Estado para que se dirimiera el conflicto negativo de competencias y se estableciera la autoridad competente.
Consideraciones jurídicas y análisis normativo
El Consejo de Estado inició su análisis reconociendo que...
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