Consejo de Estado define competencia para pago de bono pensional en sector salud de Caldas
Proviene de: Sentencias
8 de julio de 2026 0:47:18
Contexto y antecedentes del conflicto
El Consejo de Estado, en su Sala de Consulta y Servicio Civil, conoció un conflicto negativo de competencias administrativas entre la ESE Hospital San Antonio de Manzanares (Caldas), el departamento de Caldas, la Dirección Territorial de Salud de Caldas y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social. El asunto se centró en determinar cuál de estas entidades es responsable de estudiar y resolver la solicitud de reconocimiento y pago del bono pensional generado por el tiempo laborado entre abril de 1986 y mayo de 1987 por un exodontólogo en el referido hospital.
El conflicto surgió porque la ESE alegó no tener personería jurídica para asumir obligaciones en ese periodo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se negó a asumir el reconocimiento y pago alegando que el trabajador no fue certificado como beneficiario del Fondo del Pasivo Prestacional del Sector Salud, y el departamento de Caldas manifestó que solo asumiría una parte proporcional conforme a contratos de concurrencia vigentes.
Marco normativo y consideraciones jurídicas
La Sala recordó que el Sistema Nacional de Salud fue creado en 1968 y reorganizado posteriormente, estableciendo un régimen de adscripción y vinculación para las entidades públicas y privadas que prestan servicios de salud. En particular, el Decreto Ley 056 y 356 de 1975 definieron que las entidades adscritas (públicas) dependían administrativamente de organismos de dirección del sistema, mientras que las vinculadas (privadas) estaban sometidas a vigilancia técnica.
Se destacó el proceso de descentralización del sector salud con la Ley 60 de 1993, que creó el...
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