Consejo de Estado define competencia en conflicto por restablecimiento de derechos de menor en Antioquia
Proviene de: Sentencias
8 de julio de 2026 0:47:18
Contexto y antecedentes del caso
El conflicto surge a raíz de dos denuncias recibidas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) en su regional Antioquia, relativas a presuntas vulneraciones de derechos de un menor de edad. La primera denuncia fue conocida por la Defensoría de Familia del Centro Zonal Nororiental en diciembre de 2024, sin que se iniciara actuación administrativa efectiva. Posteriormente, en junio de 2025, la Defensoría de Familia del Centro Zonal Suroriental abrió un proceso administrativo de restablecimiento de derechos (PARD) en beneficio del menor, adoptando medidas de protección, incluyendo la ubicación en hogar sustituto.
Ante la concurrencia de dos procedimientos administrativos sobre el mismo menor en diferentes centros zonales, el ICBF decidió unificar el trámite y remitir el expediente al Juzgado Segundo de Familia de Medellín, argumentando que el término legal para que la autoridad administrativa definiera la situación jurídica del menor había vencido. Sin embargo, el juzgado consideró que el término debía contarse desde la segunda denuncia, por lo que devolvió el expediente a la Defensoría del Centro Zonal Suroriental para continuar el trámite.
Ante esta discrepancia, la Defensoría de Familia del Centro Zonal Suroriental presentó un conflicto negativo de competencias administrativas ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.
Marco normativo y competencias
El Consejo de Estado recordó que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política y al Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), los derechos de los niños, niñas y adolescentes son prevalentes y deben garantizarse de manera integral. El proceso administrativo de restablecimiento de derechos consta de...
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