Consejo de Estado confirma improcedencia de tutela presentada por el Ministerio de Educación y el Fondo Nacional del Magisterio contra providencia del Tribunal Administrativo del Chocó
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 20:21:16
Providencia y tribunal que conocen el caso
La decisión corresponde a una sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado. El proceso de tutela fue interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Chocó, Sala Cuarta de Decisión, que modificó parcialmente una sentencia inicial del Juzgado Sexto Administrativo del Circuito Judicial de Quibdó.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó cuando una docente del departamento del Chocó solicitó el retiro de sus cesantías, las cuales le fueron reconocidas y pagadas, aunque con retraso según la parte demandante. Ante la demora, el Ministerio de Educación y el FOMAG solicitaron el pago de la sanción moratoria establecida en la Ley 1071 de 2006, sanción que no fue resuelta oportunamente y generó un acto fictamente negativo.
La docente acudió a la jurisdicción contencioso administrativa mediante un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, logrando que el Juzgado Sexto Administrativo reconociera parcialmente la mora en el pago y ordenara una indemnización proporcional al tiempo de retraso.
Posteriormente, el Tribunal Administrativo del Chocó, en segunda instancia, revisó la sentencia y corrigió el cálculo de los días de mora, reduciendo la sanción a un solo día de retraso. Además, aplicó el Decreto 942 de 2022, que establece que la sanción moratoria por pago tardío corresponde a la entidad territorial certificada y a la sociedad fiduciaria, excluyendo al FOMAG para cesantías generadas a partir del 1° de enero de 2023.
El Ministerio de Educación y el FOMAG interpusieron una acción de tutela contra esta providencia, alegando vulneración de derechos fundamentales como el...
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