Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela sobre reparto de tutelas y congestión judicial en Bogotá
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 20:35:3
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, conforme a los decretos que regulan la competencia para conocer acciones de tutela interpuestas por empleados judiciales en asuntos relacionados con la jurisdicción ordinaria.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue instaurada contra el Consejo Superior de la Judicatura, el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, la Oficina de Reparto de Tutelas de Paloquemao y el Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao. El demandante alegó vulneración de sus derechos fundamentales a la salud mental y a la estabilidad laboral reforzada, debido a un reparto desproporcionado de tutelas, especialmente durante los periodos de vacancia judicial. Señaló que esta situación genera una sobrecarga laboral que obliga a jornadas extenuantes, incluyendo trabajo en fines de semana y noches.
El accionante solicitó, entre otros, la suspensión temporal del reparto de tutelas, la creación de cargos adicionales para los juzgados penales municipales con función de control de garantías, y la adopción de medidas para afrontar la congestión judicial.
Durante el trámite, diversas dependencias administrativas explicaron que el reparto de tutelas se realiza mediante herramientas tecnológicas que buscan una distribución equitativa y reglada. Además, manifestaron que la creación de cargos y medidas de descongestión corresponden al Consejo Superior de la Judicatura, sujeto a análisis técnicos y disponibilidad presupuestal. También cuestionaron la legitimación activa del accionante, al no haber acreditado su condición de empleado judicial vinculado a un despacho específico.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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