Consejo de Estado declara improcedente tutela contra providencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca por incumplimiento del requisito de inmediatez
Proviene de: Sentencias
7 de julio de 2026 20:42:28
Competencia e instancia
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, en calidad de tribunal de primera instancia para conocer acciones de tutela contra providencias judiciales. La acción fue interpuesta contra la Sección Segunda, Subsección B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, autoridad judicial que profirió la providencia cuestionada.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó por un proceso de reparación directa instaurado en contra del Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional, relativo al reconocimiento de perjuicios derivados de la decisión administrativa de declarar a una ciudadana no apta para el servicio militar por impedimento psicofísico. Inicialmente, el asunto fue asignado al Juzgado 58 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, que remitió el expediente a la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, considerando que correspondía tramitarse bajo el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho.
Posteriormente, el Juzgado 29 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá se declaró incompetente para conocer el asunto y planteó un conflicto negativo de competencia. En cumplimiento, la Sección Segunda, Subsección B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca dictó providencia el 4 de noviembre de 2025, resolviendo que la autoridad competente era el Juzgado 29 Administrativo.
En defensa de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia e igualdad, la parte accionante interpuso acción de tutela contra dicha providencia, solicitando que se dejara sin efectos la decisión y se ordenara al tribunal emitir un nuevo fallo declarando competente al Juzgado 58 Administrativo.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado recordó que la acción de tutela...
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